
Más a menudo de lo que parece se producen accidentes en situaciones que podríamos considerar atípicas. Es decir, situaciones en las que no falta un tercero o si existe no es otro turismo, camión, etc. En estas situaciones no siempre está claro lo que hay que hacer y, sobre todo, existen más dudas sobre quién asume la responsabilidad según las circunstancias o qué pasos hay que realizar para conseguir una indemnización.
Entre estos casos hay una serie datos que hay que tener en cuenta para decidir cómo hay que actuar.
Cuando hay bienes inmobiliarios de por medio, la situación es clara. La culpabilidad es claramente del conductor del vehículo y en este aspecto hay dos casos diferentes: si el vehículo cuenta con seguro a terceros, la aseguradora indemniza al titular del bien inmueble con hasta 100.000 (corriendo el resto a cargo del asegurado o si el vehículo cuenta con seguro a todo riesgo, la indemnización puede llegar hasta los 50 millones € (probablemente suficiente para pagar los desperfectos).
Hay una pequeña excepción. Si el accidente ocurre por el mal estado de la vía o por mala señalización de la vía, la culpabilidad reside en la administración o en la empresa concesionaria de la vía. En ese caso, hay que llamar a la Guardia Civil para que realice el atestado correspondiente.
La culpabilidad, como es lógico, reside claramente en el conductor del vehículo (o el causante del accidente si hay varios vehículos implicados). En este caso la aseguradora del vehículo (exista seguro a terceros o a todo riesgo) cubre el arreglo de la farola.
Es necesario dar parte al seguro porque, en el caso de no hacerlo, si identifican al conductor la propia administración puede reclamar los gastos de la reparación. Eso sí, si la farola estuviera mal colocada sería la administración la que indemnice al propietario del vehículo.
En ambos casos, la aseguradora del conductor suele cubrir el abogado para el mismo.
Si la culpa es del conductor del vehículo por imprudencia (existencia de señales de peligro por animales, exceso de velocidad, etc) el seguro puede no cubrir los daños del vehículo. Si además está protegido, la multa puede ascender a 6.000 €.
En cualquier caso, es conveniente llamar a la Guardia Civil para que realice el pertinente atestado.
Vía: autofácil (revista octubre 2007)
En Diariomotor: Fallos en la conducción, principales causas de accidentes, ¿Por qué no un mapa de lugares donde se producen los accidentes?, Buscando las causas de los accidentes