
Cuando entramos por la puerta de un concesionario con toda la ilusión del mundo en busca de un coche nuevo, en muchas ocasiones se nos ofrecerán vehículos o unidades que no encajan con lo que teníamos pensado de un principio. O, simplemente, queremos comprar un nuevo coche pero a la vez ajustar el precio lo máximo posible. ¿Coche de stock? ¿Kilómetro Cero? ¿Vehículo Demo? ¿Procedente de gerencia? ¿Seminuevo? Seguramente la absoluta mayoría de vosotros ya estéis más que familiarizados con estos términos, pero nunca está de más un pequeño repaso para ver realmente qué se esconden tras estas palabras.
¿Tiene un coche nuevo fecha de caducidad, a partir de la cual debe denominarse a todos los efectos de otra manera? Al contrario que en muchos países europeos, en España no existe una normativa clara al respecto que regule el tema, por lo que en algunas ocasiones se nos puede ofrecer como “vehículo nuevo” algo que en realidad no se corresponde totalmente como tal. A continuación intentaremos descifrar algunos de esos pequeños misterios de estos términos.
La compra de un coche nuevo lleva aparejada unos impuestos que hemos de pagar (como IVA e Impuesto de Matriculación), además de los consecuentes gastos de gestoría para la matriculación o gastos de preentrega que suelen facturar la mayoría de concesionarios.

Probablemente todos entendemos como “coche nuevo” una unidad pedida a fábrica, que se produce expresamente para nosotros y configurada a nuestro gusto (eligiendo acabado y motor del modelo, equipamiento opcional o color del modelo). No quedará más remedio que efectuar un pedido a fábrica cuando no haya una unidad a nuestro gusto ya fabricada y disponible, lo que suele implicar unos tiempos de espera que en algunos casos se pueden prolongar hasta meses.
Sin embargo, aquí surge el concepto de “coche en stock”. Se trata de una unidad ya fabricada y disponible a todos los efectos para su venta pero que todavía no se ha matriculado. Generalmente se encuentra a disposición del concesionario como unidad de exposición o puede estar almacenado en una campa, junto a otros cientos o miles de vehículos que esperan comprador.
Normalmente, un vehículo de stock tiene ciertas ventajas, como un precio final de venta más reducido con respecto a un vehículo de programación “a la carta”, gracias a un mayor descuento, y su disponibilidad prácticamente inmediata, tan sólo teniendo que esperar escasos días para los trámites de matriculación correspondientes.
Ahora bien, un vehículo de stock también puede implicar ciertas desventajas. La primera y más obvia es que, salvo que existan muchas unidades disponibles para elegir, no podremos escoger color, equipamiento o motorización: tendremos que conformarnos con lo que haya. Si en estos aspectos podemos hacer un pequeño sacrificio y amoldarnos a la unidad que nos ofrezcan, o bien encaja con nuestros gustos y necesidades, entonces esto dejaría de ser un problema.
Hemos de saber también que si el vehículo ha estado en exposición, habrá sido toqueteado por muchos potenciales compradores y curiosos, algunos seguramente poco cuidadosos, aunque esto no suele suponer mayores pegas.
¿Una unidad en stock puede tener fecha de caducidad como “vehículo nuevo”? En países como Alemania la cuestión está más clara: un vehículo que lleve más de 12 meses parado en una campa desde su fecha de fabricación no puede considerarse a todos los efectos como un “vehículo nuevo“, y ha de ser vendido con una rebaja adecuada sobre su tarifa oficial. Esto es así ya que el simple paso del tiempo disminuye de forma muy considerable el valor de cualquier vehículo, y una prolongada permanencia en parado es un factor que disminuye el valor de un coche nuevo.

Otros problemas que puede presentar un vehículo almacenado y parado durante muchos meses en una campa al aire libre es que está expuesto a las agresiones atmosféricas: frío, lluvia, calor, nieve… A su favor también hay que decir que normalmente están adecuadamente protegidos, con plásticos sobre pintura, llantas y en el interior.
Además, los neumáticos también se deforman como consecuencia de estar inmovilizados en una posición y líquidos como el aceite motor, líquido refrigerante o líquido de frenos se degradan no sólo con el uso, sino con el paso del tiempo (sólo sería verdaderamente preocupante si el vehículo llevase más de uno o dos años parado en una campa, algo poco habitual).
Éticamente, podríamos decir que un coche en stock que pase en una campa más de seis meses desde su fecha de fabricación no debería considerarse completamente como “coche nuevo”, aunque esto tampoco sea de lo más habitual, pero en ocasiones sucede. Consecuentemente, los coches en stock suelen presentar un precio lo suficientemente ventajoso para que compense su compra y además tendremos la tranquilidad de que estrenamos coche a todos los efectos.
Generalmente, los “kilómetro cero” se matriculan para cubrir objetivos de ventas del concesionario, o conseguir ciertos bonus por parte de la marca. Es por ello que la mayoría de Km. 0 están matriculados a finales de un mes determinado o a finales de año. En algunas ocasiones, los coches de stock se automatriculan y pasan a ser Km. 0 para deshacerse de ellos.
Los Km.0 todavía tienen un precio más ventajoso, a causa de la depreciación que supone la matriculación de un vehículo, tanto mayor cuanto más tiempo haya pasado desde su matriculación (aunque no haya tenido uso alguno), pero hemos de tener en cuenta que el valor del coche también será menor que un vehículo nuevo directamente matriculado a nuestro nombre, a efectos de tasaciones y esas cosas.

Por ejemplo, los vehículos de demostración son aquellos que han sido destinados para las pruebas dinámicas realizadas por clientes interesados en el modelo (pasando, por tanto, por muchísimas manos), mientras que los vehículos de gerencia son unidades que han sido usadas por personal interno del concesionario. Generalmente, han estado bajo titularidad del concesionario un mínimo de seis meses.
Al igual que en los demás casos anteriores, podremos tener garantía, si bien en este caso lo más probable (una vez agotada la garantía oficial con respaldo del fabricante) es que la garantía (obligatoria por ley y nunca inferior a un año para vehículos de ocasión comercializados por un vendedor profesional o concesionario oficial) la proporcione el propio concesionario y no el fabricante.
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