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Multas increíbles: le multaron con 80€ por morderse las uñas mientras conducía (y lo peor es que tiene base legal)

Nueva multa extravagante y difícil de comprender. Un conductor fue multado en la provincia de Salamanca, en la carretera SA-20 con dirección Carbajosa de la Sagra, por morderse las uñas. Como lo oyes. Imaginamos que el conductor que fue interceptado realizando una maniobra tan peligrosa como esta, no daría crédito. Pero lo cierto es que esta multa, como mínimo, tiene base legal. En su denuncia reza lo siguiente «Conducir el vehículo reseñado sin mantener la propia libertad de movimientos, conducía mientras se mordía las uñas«.

El conductor fue sancionado con 80€ de multa por una falta leve, sanción que podría verse reducida hasta los 40€ por pronto pago (ver Salamanca 24 Horas). La sanción se ampara en el artículo 18, apartado 1, del Reglamento General de Circulación, el cual transcribimos a continuación:

Capítulo III. Artículo 18.
1. El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el
campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia
seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos
efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto
de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya
interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos.

Evidentemente, ya ves que en este apartado no existe ninguna mención al hecho de morderse las uñas. Pero, por otro lado, no es necesario que el Reglamento General de Circulación suscriba todos y cada uno de los supuestos posibles. Basta con que un agente interprete que nuestra acción incurre en el artículo 18, apartado 1, para que considere que hemos de ser sancionados. Morderse las uñas implica que, al menos una mano, esté fuera del volante. Y desconociendo si existieron más agravantes, parece que fue más que suficiente para que la Guardia Civil de la Jefatura de Tráfico de Salamanca considerase que había incurrido en una infracción de tráfico.

El caso es similar al que ya vimos cuando os explicábamos el riesgo de ser sancionados por utilizar un smartwatch mientras conducimos. En este caso, dentro de la desproporción que a priori supone multar a alguien por morderse las uñas, el agente tuvo la consideración de que la sanción fuera mínima y no conllevase detracción de puntos.

En Diariomotor: Precaución, “techies”: ¿Sabías que pueden multarte por conducir y utilizar un smartwatch?

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