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La DGT comete un error que podría anular cientos de multas por exceso de velocidad

El uso de radares está a la orden del día: las autoridades han encontrado en éstos aparatos una excelente herramienta para el control e, incluso, para la reeducación de los conductores que deciden pisar el pie del acelerador con más fuerza de la que deberían. Sin embargo, de la misma manera que nosotros como conductores debemos tener el «papeleo» de nuestro coche al día, la DGT debe hacer lo mismo con sus radares, algo que le ha costado la anulación de una multa por exceso de velocidad…que puede no ser la única.

Los cinemómetros, más conocidos como «radares de velocidad» son uno de los elementos más conocidos del ecosistema vial en el que nos movemos a diario. Éstos «chivatos» dotados cada vez más de una tecnología muy avanzada son capaces de detectar la velocidad a la que circulamos, e, incluso, conocer el estado legal y administrativo de nuestro vehículo.

Sin embargo, la DGT también tiene unos deberes que cumplir cuando se trata de usar los radares, ya que tanto los radares como las cajas en las que se encuentran ubicados los mismos están sujetas a una serie de verificaciones periódicas que, en el caso de no ser pasadas -o superadas- anulan la posibilidad de uso de ese radar.

Conduccion Temeraria Pegasus

La Orden ITC/3123/2010, de 26 de noviembre, especifica que tanto los radares como las cajas que los contienen tienen que superar una revisión periódica cada 6 años

La revisión del radar que montan los Pegasus y que la DGT no pasó

Ésta orden también incluye los radares instalados en los helicópteros Pegasus de la DGT, uno de los cuales es precisamente el protagonista de la noticia, ya que uno de éstos helicópteros captó, el pasado 5 de junio de 2018 a un conductor circulando a 136 km/h en la carretera M-607, cuyo límite de velocidad está fijado en 100 km/h. La multa por ésta infracción fue de 300€ y 2 puntos del carnet. 

Ahora, casi un año y medio después y según recoge Europa Press, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº5 de Madrid ha anulado la multa por encontrar que no hubo verificación de la cabina donde se alojaba su radar. Ésta sentencia, contra la que no cabe recurso, impone también a la Administración el pago de las costas procesales, con un pago máximo de 200€.

La sentencia es clara al respecto: «Dado que no consta dicha preceptiva verificación de la cabina, puesto que no se ha aportado certificado alguno respecto de aquella, se debe estimar dicho motivo, anulando así la sanción impuesta al recurrente». Éste error de la DGT puede salirle muy caro, ya que se desconoce si algún radar más instalado en alguno de los helicópteros Pegasus ha estado funcionando sin pasar la revisión oportuna, un despiste que puede acarrear decenas de recursos por parte de los conductores. 

 

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