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¿Es obligatorio usar el cinturón de seguridad en autobús? ¿Existe alguna excepción?

A esta altura todos tenemos meridianamente claro que el uso del cinturón de seguridad en nuestro coche es completamente obligatorio salvo contadas excepciones, siendo este elemento una de las principales salvaguardas ante cualquier accidente de tráfico. Sin embargo, cuando viajamos en autobús la cosa cambia, y es por ello que la DGT ha tenido que echar mano de su cuenta de Twitter para recordarnos que en autobús es obligatorio usar el cinturón siempre que cuente con él.

Toda esta confusión se remonta al año 2006, fecha en la que por medio del RD 965/2006 se modificaba el Reglamento General de Circulación para seguir las directivas europeas y hacer obligatorio el uso del mismo en todo tipo de vehículos. En concreto, es en los artículos 116 y 117 donde queda reflejado, en los cuales se especifica también que los menores de edad de tres años o más y una estatura igual o inferior a 135 cm deberán utilizar sistemas de retención infantil homologados adaptados a su talla y peso, y en caso de no existir, utilizarán los citados cinturones de seguridad.

¿Cuándo no es obligatorio ponerse el cinturón en el autobús?

Sin embargo, a día de hoy existen dos excepciones para no usar el cinturón de seguridad en el autobús. La primera de ellos la tenemos en los de transporte urbano dadas sus características, pues están principalmente pensados para que gran parte de sus pasajeros vayan de pie, aunque si los asientos del mismo disponen de él, úsalo.

La otra, menos evidente, la conforman aquellos autobuses que no disponen de cinturones de seguridad instalados, pues no fue hasta el año 2007 cuando entró vigor la Orden Ministerial ITC/445/2006 que obligaba a los autobuses de nueva matriculación a poseer cinturones en todas sus plazas.

Este último punto protagoniza uno de los principales debates en materia de seguridad vial del sector, el cual, dicho sea de paso, está a punto de llegar a su fin, pues a día de hoy existen autobuses destinados al transporte escolar sin este importante elemento de seguridad. Esto se debe a que la edad máxima para que un autobús pueda prestar este servicio está fijada en 16 años a fecha de inicio del curso escolar (1 de septiembre).

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Consecuencias de no ponerse el cinturón en el autobús

En cualquier caso, no llevar puesto el cinturón de seguridad en el autobús cuando se debería conlleva una multa de 200 € que recae sobre el pasajero, obviamente sin pérdida de puntos, aunque en los autobuses de más de nueve plazas debe existir una señal con el pictograma correspondiente que advierta de su obligatoriedad.

No obstante, según la DGT el 20 % de los pasajeros no lo utiliza, un comportamiento muy peligroso en caso de vuelco o choque contra otro vehículo de similar masa, pues es en ese tipo de accidentes cuando los pasajeros salen despedidos de sus asientos sufriendo numerosos golpes que son responsables de las principales lesiones. Por contra, el riesgo de accidente en autobús es seis veces menor que viajando en un turismo, y en caso de que ocurra, dada su mayor masa y dimensiones, es mucho más seguro cuando el otro implicado es un coche o motocicleta.

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Guías sobre el cinturón de seguridad en Diariomotor:

¿Sabes cuál es la multa por no llevar puesto el cinturón de seguridad?
Por qué debes obligar a los pasajeros de las plazas traseras a que se pongan el cinturón
Sin cinturón de seguridad y sin multa: ¿cuándo es legal no llevarlo puesto?

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