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La DGT actúa con firmeza multando a los que circulan por la izquierda indebidamente

En más de una ocasión la DGT ha advertido que circular por la izquierda sin causa justificada es una infracción que tiene multa y que vigilaría este comportamiento tan extendido por nuestras carreteras. Y lo cierto es que así es según ha publicado la conocida comunidad de conductores Social Drive en su cuenta de Twitter al hacer pública una sanción por ello del pasado día 28 de agosto.

Tal y como reza en el boletín de denuncia, la cusa de la misma es “circular fuera de poblado por un carril distinto del situado más a la derecha, en calzada con más de un carril con el mismo sentido de la marcha, sin existir circunstancias del tráfico o de la vía que así lo aconsejen.”

Ir por la izquierda injustificadamente tiene 80 € de multa sin pérdida de puntos

Recordemos que, según el Reglamento General de Circulación, fuera de poblado de poblado se debe circular por el carril situado más a la derecha salvo para facilitar una incorporación, en las proximidades de una bifurcación o para ejecutar un adelantamiento. Además, los camiones y autobuses no pueden circular por el tercer carril, ni tan siquiera para adelantar a otro vehículo.

Por contra, como puede deducirse la exposición de los hechos, en poblado sí que está permitido utilizar cualquier carril indistintamente, por lo que sí es posible ir por la izquierda si ese es el carril que más nos conviene para nuestro destino.

En cuanto a la multa por ir por la izquierda, puede llegar a alcanzar los 200 €, aunque en este caso que se ha hecho público es de 80 € (de los cuales el conductor del Peugeot 207 denunciado sólo tendrá que pagar la mitad gracias al descuento por pronto pago), posiblemente debido a que no se encontraba perturbando gravemente la circulación. No obstante, en ningún caso esta sanción lleva aparejada la pérdida de puntos del carnet de conducir.

Multa Circular Carril Izquierdo Social Drive 02

¿Puedo adelantar por la derecha a estos conductores?

Sin embargo, la multa que sí supone la detracción de puntos es la de adelantar por la derecha, aunque sea a este tipo de conductores “abonados” al carril izquierdo. En concreto, estamos hablando de una sanción de hasta 200 € y la retirada de 4 puntos.

Ello se debe a que esta maniobra de adelantar por la derecha entraña un riesgo importante, como por ejemplo que un tercero vaya a cambiarse al carril de la izquierda en el momento que nosotros estamos adelantando dando lugar así a un accidente. De hecho, en una calzada con tres o más carriles, para adelantar a alguien que circule por el central también deberás hacerlo por la izquierda.

Multa Circular Carril Izquierdo Social Drive 03 Adelantar

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