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Así te afectarán las 6 reformas de la DGT que entrarán en vigor tras el verano: nuevas multas y normas

La Dirección General de Tráfico estrenará pronto un arsenal de medidas que, con nuevas normas, y nuevas multas, comenzarán a aplicarse tras la reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Reformas que, no exentas de polémica en algunos casos, vienen siendo anticipadas desde hace meses por la DGT y el Gobierno.

Las reformas más destacadas tienen que ver con el uso del móvil, que estará penalizado con 6 puntos, bastando que el conductor esté sujetándolo con la mano para ser sancionado. También se perseguirá el mero hecho de portar un detector de radares y se elimina el margen de 20 km/h para adelantar en carreteras convencionales. Se perseguirán los «perjuicios al medioambiente» y se habilitará la obligatoriedad del casco en patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal.

Todas estas medidas deberían entrar en vigor tras el verano, tras la votación del Anteproyecto de Ley y a la espera de las pertinentes votaciones de las enmiendas al articulado que se han presentado.

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1. La DGT te multará por «sujetar el móvil»

Una de las medidas más llamativas llega, sin duda, con la reforma del párrafo g, del artículo 76, de la Ley de Tráfico, que ahora no prohibirá únicamente el uso del teléfono móvil mientras se conduce, sino también el mero hecho de sujetarlo con la mano.

«g) Utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce, conducir utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil en condiciones distintas a la anterior, conducir utilizando manualmente navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación, así como llevar en los vehículos mecanismos de detección de radares o cinemómetros.»

Esta medida va enfocada, sobre todo, a facilitar la tramitación de sanciones derivadas del uso del móvil que hayan sido captadas con medios automatizados. Recordemos que la DGT dispone de 216 cámaras en las carreteras españolas que son capaces de identificar a un conductor utilizando el teléfono móvil, e incluso a pasajeros sin cinturón de seguridad.

Os recomendamos leer nuestro artículo sobre las nuevas multas por el uso del móvil, aunque no lo estés utilizando

Telefono Movil Coche Dgt 0320 02

2. «Sujetar el móvil» tendrá sanción de 6 puntos

Si hasta ahora el uso del móvil estaba sancionado con la detracción de 3 puntos del carné, con la aprobación de esta reforma también se ha revisado el anexo II de la Ley de Tráfico para endurecer la sanción y que el mero hecho de sujetar el móvil con la mano mientras se conduce esté sancionado con 6 puntos del carné.

El apartado 8 del anexo II, de la tabla que incluye las infracciones que llevan aparejada la pérdida de puntos, queda redactado como sigue:

8. Utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce. (6 puntos)

Pere Navarro Adelantamientos 20 Kmh Dgt Senales

3. Adiós al margen de 20 km/h en adelantamientos

Medida polémica donde las haya. Hasta ahora, los conductores contábamos con un margen de 20 km/h, por encima de la velocidad máxima de la vía, para realizar adelantamientos a coches que no superasen la velocidad máxima en carreteras convencionales. Muchas asociaciones de conductores, e incluso los redactores de este mismo medio, hemos defendido ese margen, por resultar necesario para realizar un adelantamiento en las condiciones más seguras posibles, que son minimizar el tiempo y los metros recorridos en sentido contrario para adelantar.

La DGT, en cualquier caso, defiende su retirada. La reforma de la DGT ha previsto la eliminación de este margen, según defiende, para homogeneizar los límites con los presentes en las carreteras europeas. Se eliminará el apartado 4, del artículo 21, que hasta ahora establecía lo siguiente:

4. Las velocidades máximas fijadas para las carreteras convencionales, excepto travesías, podrán ser rebasadas en 20 km/h por turismos y motocicletas cuando adelanten a otros vehículos que circulen a velocidad inferior a aquéllas.

Es importante destacar que esta medida aún podría revertirse. Aunque tanto el Gobierno, como la DGT, han mostrado su posición, la de eliminar el margen de 20 km/h para efectuar los adelantamientos, existen varias enmiendas de partidos que podrían ser necesarios para conseguir la mayoría necesaria para aprobar la reforma que, de salir adelante, podrían evitar la eliminación del margen.

Más información en nuestro artículo sobre la polémica eliminación del margen de 20 km/h en adelantamientos

Radares Dgt Verano 2021 Radar Movil Interior Coche

4. Multa por llevar detector de radares

Bajo la misma idea por la cual la DGT ahora sancionará el mero hecho de sujetar con la mano el teléfono móvil, se presenta la medida que sancionará el mero hecho de llevar un detector de radares. Hasta ahora, estaba sancionado el uso de detectores de radares, pero no su presencia, per se, en un automóvil.

El apartado 6 del artículo 13 de la Ley sobre Tráfico quedará redactado como sigue:

Se prohíbe instalar o llevar en los vehículos inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros instrumentos encaminados a eludir o a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico, así como emitir o hacer señales con dicha finalidad.
Asimismo se prohíbe llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros.
Quedan excluidos de esta prohibición los mecanismos de aviso que informan de la posición de los sistemas de vigilancia del tráfico.

Llevar detector de radares, aunque no lo utilicemos, también estará sancionado con la retirada de 3 puntos del carné.

Más información en nuestro artículo sobre la reforma de las normas y multas relativas a detectores de radares

Radar Emisiones Dgt 03

5. La DGT perseguirá «perjuicios y daños al medioambiente»

Sin demasiado ruido, llega otra reforma que dotará a la DGT de instrumentos para introducir nuevas infracciones, relativas con «perjuicio» y «daños al medioambiente». Se abre así la puerta a nuevas sanciones, como detener o estacionar un vehículo y no apagar el motor.

La reforma llega por la modificación del apartado 1, del artículo 10, de la Ley de Tráfico:

1. El usuario de la vía está obligado a comportarse de forma que no entorpezca indebidamente la circulación, ni cause peligro, perjuicios o molestias innecesarias a las personas o daños a los bienes o al medioambiente.

Algunos ayuntamientos ya incluyen en sus ordenanzas medioambientales y de movilidad la posibilidad de sancionar a los conductores que no apaguen el motor tras el estacionamiento y/o en detenciones prolongadas. Ahora dispondrán del apoyo legal necesario para tramitar este tipo de sanciones.

Más información en nuestro artículo sobre la reforma de la DGT que abre la puerta a nuevas multas por no apagar el motor

6. En patinetes eléctricos el casco será obligatorio

Por sorpresa, estos días os anticipábamos otra reforma propuesta por la DGT que no nos esperábamos. De hecho, esta medida no está presente en el Anteproyecto de Ley que se ha remitido al Congreso y que ha de ser aprobado en las próximas semanas. La DGT habilitará la obligatoriedad de utilizar casco en patinetes eléctricos y en otros vehículos de movilidad personal.

Esta medida se ha introducido en una enmienda propuesta por el propio Gobierno que, previsiblemente, saldrá adelante.

Artículo 47. Cinturón, casco y restantes elementos de seguridad.
El conductor y ocupantes de vehículos a motor y ciclomotores están obligados a utilizar el cinturón de seguridad, el casco y demás elementos de protección en los términos que reglamentariamente se determine. El conductor de un vehículo de movilidad personal estará obligado a utilizar casco de protección en los términos que reglamentariamente se determine.
El conductor y, en su caso, los ocupantes de bicicletas y ciclos en general estarán obligados a utilizar el casco de protección en las vías urbanas, interurbanas y travesías, en los términos que reglamentariamente se determine siendo obligatorio su uso por los menores de dieciséis años y también por quienes circulen por vías interurbanas.
Reglamentariamente se fijarán las excepciones a lo previsto en este apartado.

Con la reforma del artículo 47 de la Ley sobre Tráfico se habilita la obligatoriedad del uso del casco en patinetes eléctricos.

Más información en nuestro artículo sobre la obligatoriedad del casco en patinetes eléctricos

Anuladas Mitad Multas Dgt Control Guardia Cicil 03

¿Cuándo entrarán en vigor estas reformas?

Como os decíamos, la DGT y el Gobierno llevan tiempo anticipándonos estas medidas que, en cualquier caso, aún no han entrado en vigor. La reforma se anunció inicialmente en el Consejo de Ministros del 10 de noviembre de 2020. Finalmente fue aprobada, de nuevo en el Consejo de Ministros, el 16 de marzo de 2021, y fue remitida a las Cortes.

Para la entrada en vigor de estas reformas aún ha de procederse a su votación en el Congreso, también a la votación de las enmiendas al articulado que se han presentado.

Tras la votación, y su más que previsible aprobación, las reformas deberían entrar en vigor tras su publicación en el BOE.

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