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La última señal con la que la DGT nos pone a prueba esconde más de un significado

La DGT continúa con su estrategia de repaso de las principales normas de circulación a través de Twitter planteando preguntas tipo test como si del examen teórico se tratase, una estrategia que, dicho sea de paso, es de alabar, al contrario de cuando hace gala de su flota de drones y helicópteros Pegasus. Así pues, en esta ocasión ha tocado la señal S-28 que marca el inicio de una calle residencial para preguntarnos si está permitido estacionar en este tipo de vías.

En concreto, la cuestión planteada es la siguiente: «Está permitido estacionar en calles residenciales:

A. No, excepto en los lugares señalizados.
B. No, excepto en horas nocturnas.
C. Sí, en cualquier lugar de la vía.»

Efectivamente, la respuesta correcta es la A, pues según indica el Artículo 159 del Reglamento General de Circulación, en una calle residencial afectada por la señal S-28 «los vehículos no pueden estacionarse más que en los lugares designados por señales o por marcas», por lo que no es posible aparcar en el borde de la calzada a pesar de no entorpecer el tráfico.

Sin embargo, esta señal lleva aparejada una serie consideraciones y obligaciones además de la anteriormente expuesta, pues como su propio nombre deja ver, está especialmente creada para indicar una calle principalmente pensada para el uso y disfrute de los peatones, como pasear o incluso para que los niños puedan jugar, siendo así un paso intermedio entre una calle totalmente peatonal y una convencional.

Test Dgt Senal S 28 Calle Residencial Ninos

En una calle residencial el peatón siempre tiene prioridad

Partiendo de la premisa anterior, es fácil deducir que los conductores siempre tendrán que conceder la prioridad de paso a los peatones, a pesar de que no exista ningún paso de cebra, lo cual no quiere decir que estos pueden estorbar innecesariamente y sin causa justificada a dichos conductores. Además, en este tipo de vías también está permitido practicar cualquier tipo de juego o deporte, así como circular con monopatines, patines o similares.

Con el objetivo de que ante cualquier imprevisto sea posible detener el coche para evitar atropellar a un peatón se establece un límite de velocidad de 20 km/h, salvo indicación contraria (pues es posible encontrarse con esta señal junto a un límite específico más restrictivo de 10 km/h), el mismo que actualmente existe en las calles de plataforma única que entró en vigor el pasado mes de mayo.

Una vez sobrepasada la señal S-28 todas estas normas estarán en vigor hasta que nos encontremos con la señal S-29 o finde calle residencial, igual que la anterior pero con una banda diagonal color rojo.

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