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La DGT sorprende a muchos conductores, los peatones sí pueden cruzar la calle fuera de los pasos (de cebra) señalizados

La Dirección General de Tráfico sigue tratando, desde sus redes sociales, aclarar algunas de las normas que, inexplicablemente, siguen desconociendo muchos conductores, ciclistas, y peatones, hasta el punto que algunos se muestran sorprendidos. También algunas de las obligaciones y prohibiciones más conflictivas, aunque no debieran serlo, como la que nos ocupa.

Cuando los peatones sí pueden cruzar la calle fuera del paso señalizado

  • Todo conductor sabe que ante un paso de cebra señalizado el peatón goza de la prioridad, y el conductor debe tenerse para permitir al peatón cruzar la vía
  • Todo peatón conoce, de hecho lo aprendemos, por suerte, desde niños, que debe cruzar la vía por un lugar debidamente señalizado, con un paso – conocido coloquialmente como paso de cebra por su diseño de rayas longitudinales – y en cumplimiento de su prioridad de paso

Pero el peatón también puede cruzar la calle fuera de los pasos debidamente señalizados, en las situaciones que detallamos a continuación y que ha recordado la Dirección General de Tráfico estos días, causando sorpresa a algunos conductores.

Los peatones no solo pueden cruzar la calle por un paso (de cebra) debidamente señalizado

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Lo que la DGT dice acerca de la prioridad de paso de peatones y conductores

Nos remitimos al Reglamento General de Circulación y su artículo 65, en el que precisamente se establece la prioridad de paso de los conductores sobre los peatones y reza tal y como sigue:

Artículo 65. Prioridad de paso de los conductores sobre los peatones.
1. Los conductores tienen prioridad de paso para sus vehículos, respecto de los peatones, salvo en los casos siguientes:
a) En los pasos para peatones debidamente señalizados.
b) Cuando vayan a girar con su vehículo para entrar en otra vía y haya peatones cruzándola, aunque no exista paso para éstos.
c) Cuando el vehículo cruce un arcén por el que estén circulando peatones que no dispongan de zona peatonal (artículo 23.1 del texto articulado).
2. En las zonas peatonales, cuando los vehículos las crucen por los pasos habilitados al efecto, los conductores tienen la obligación de dejar pasar a los peatones que circulen por ellas (artículo 23.2 del texto articulado).
3. También deberán ceder el paso:
a) A los peatones que vayan a subir o hayan bajado de un vehículo de transporte colectivo de viajeros, en una parada señalizada como tal, cuando se encuentren entre dicho vehículo y la zona peatonal o refugio más próximo.
b) A las tropas en formación, filas escolares o comitivas organizadas (artículo 23.3 del texto articulado).
4. Las infracciones a las normas de este precepto tendrán la consideración de graves, conforme se prevé en el artículo 65.4.c) del texto articulado

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Cuando el peatón tiene prioridad sobre el conductor

De la norma podemos extraer las siguientes conclusiones:

  • Por norma general, los conductores tienen prioridad de paso para sus vehículos en la vía
  • En los pasos de peatones debidamente señalizados, la prioridad es del peatón
  • Cuando vayan a girar con su vehículo para entrar en otra vía y haya peatones cruzándola, el peatón tendrá la prioridad de paso, aunque no exista un paso de peatones señalizado (he aquí el quid de la cuestión)
  • Cuando el vehículo cruce un arcén por el que estén circulando peatones, también tendrá prioridad el peatón, aunque no disponga de zona peatonal
  • En las zonas peatonales, los conductores que circulen en sus vehículos por los pasos habilitados también deben ceder el paso a los peatones, que tienen la prioridad
  • También deberán ceder el paso a los peatones que vayan a subir o bajen de un vehículo de transporte colectivo – como un autobús – en una parada señalizada, permitiendo que lleguen a la zona peatonal o refugio más próximo
  • Por último, el conductor también debe ceder el paso a grupos, tropas en formación, filas escolares, o comitivas organizadas
  • Ojo a este dato. El incumplimiento de esta norma es una infracción con la consideración de grave

La prioridad del peatón sobre el conductor en giros

El punto clave, en el que el peatón sí puede cruzar la vía sin necesidad de hacerlo por un paso de peatones señalizado, gozando de la prioridad de paso, y requiriendo que el conductor que se aproxime le ceda el paso, se produce en los giros de los conductores para acceder a otra calle. Así lo establece el artículo 65, en su apartado 1.b.

Siempre y cuando sea el vehículo el que gire para entrar a otra vía, el peatón tendrá la prioridad de paso.

Nuestro consejo para el conductor, en cualquier caso, es el de extremar la preocupación al realizar un giro para entrar otra vía, sobre todo en aquellas situaciones en las que por el radio de giro, el mobiliario urbano, o incluso los vehículos estacionados en la zona, se dificulte la visibilidad de la vía en la que va a acceder.

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