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La imagen que está irritando y enfrentando, incomprensiblemente, a ciclistas y conductores por igual

Dudas, incomprensión de la norma, pero sobre todo enfrentamiento. Eso es lo que está generando una publicación en redes sociales, que suma millones de reproducciones y decenas de miles de reacciones pero, sobre todo, la enésima confrontación entre ciclistas y conductores.

Nueva confrontación entre ciclistas y conductores

Unos ciclistas que circulan por una carretera de la red secundaria, sin arcén, pero sí con una línea delimitando sendos sentidos. Y un conductor que comparte esta imagen en redes sociales para denunciar la situación. Y, como resultado de ello, un aluvión de reacciones que revelan que aún existe mucho desconocimiento de la norma, que exigen discernir entre lo que uno quiere que se haga y lo que se puede y se debe hacer. Y en última instancia que en muchos casos la relación entre conductores y ciclistas parece irreconciliable.

Y muchos – o eso espero – que nos preguntamos si es necesaria esta confrontación.

Las normas que rigen para los ciclistas

  • La imagen nos muestra a unos ciclistas que, primero, circulan por la calzada. Si hubiera arcén deberían hacerlo por el arcén. Al no existir arcén, el apartado 1 del artículo 36 del Reglamento General de Circulación habilita apuntando que «utilizarán la parte imprescindible de la calzada». El único caso en el que está prohibido circular por la calzada, según reza este mismo artículo, es «en las autovías donde solo podrán circular por el arcén, sin invadir la calzada en ningún caso».
  • Circulan en pelotón, aparentemente en fila de a dos. De nuevo, el apartado 2 del artículo 36 habilita a que las bicicletas «circulen en posición paralela» y apunta «que podrán hacerlo en columna de a dos», orillándose todo lo posible al extremo derecho de la vía. Los ciclomotores son la otra excepción que puede circular en «columna de a dos», eso sí, siempre «cuando el arcén sea transitable y suficiente» y «sin invadir la calzada en ningún caso».
  • Circulan en grupo, lo cual de nuevo permite el artículo 54, referente a las distancias entre vehículos, en su artículo 54, el cual refiere a que «se permitirá a los conductores de bicicletas circular en grupo sin mantener tal separación».
  • Si se tratase de un «tramo sin visibilidad» o estuviesen «formando aglomeraciones de tráfico», lo cual desconocemos por la imagen, el propio apartado 2 del artículo 36 obliga al grupo de ciclistas a colocarse «en hilera». Esta es una de las cuestiones a las que apunta precisamente el conductor que denunciaba la situación con esta imagen, que «no se han apartado, no se han puesto en fila».

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El adelantamiento a ciclistas

Como conductores, es importante que conozcamos estas normas al respecto de lo que tienen permitido, y prohibido, los ciclistas. También de las condiciones excepcionales que rigen a la hora de adelantar a un ciclista cuando no está permitido.

  • El conductor apunta en su publicación en redes sociales a «10 kilómetros de raya continua». Pero excepcionalmente sí que podría rebasarse la línea continua en «un tramo de vía en el que esté prohibido el adelantamiento», tal y como refleja el apartado 1, del artículo 88, del Reglamento General de Circulación
  • Este mismo artículo indica que la norma aplica a los adelantamientos «a conductores de bicicletas, ciclos, ciclomotores, peatones, animales y vehículos de tracción animal, cuando por la velocidad a que circulen puedan ser adelantados sin riesgo para ellos ni para la circulación en general».
  • Y apunta que el adelantamiento puede realizarse aunque «esté prohibido» y que para «poder ser rebasado» requiera «ocupar la parte de la calzada reservada al sentido contrario», eso sí, «después de haberse cerciorado de que se puede realizar la maniobra sin peligro».
  • También es importante destacar que, por el apartado 4 del artículo 85, el conductor debe asegurarse de que la «separación lateral no será inferior a 1,5 metros».
  • Por último, otra norma importante, también reflejada en el apartado 4 del artículo 85. Aunque el conductor esté habilitado para adelantar a un grupo de ciclistas, o a cualquier otro vehículo, también apunta que «queda expresamente prohibido adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas que circulen en sentido contrario».

En definitiva, sirva esta nueva confrontación entre conductores y ciclistas para recordar ya no solo la importancia de conocer la norma, sino sobre todo para demandar algo de empatía, a conductores y ciclistas. Y la importancia de todo ello para la seguridad, especialmente de estos últimos, los más vulnerables, por las consecuencias que para ellos puede tener un accidente de tráfico.

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