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Los radares de la DGT también se equivocan y multan cuando no deberían

Recibir una multa de tráfico, por un exceso de velocidad, no es plato de buen gusto para ningún conductor. Pero aún es peor que recibamos una multa cuando no hemos cometido ninguna infracción. A pesar del rigor que se aplica a los sistemas de medición, los radares de la DGT también se equivocan y multan cuando no deberían. Por esa misma razón existen trámites para recurrir cualquier sanción que consideremos injusta. Y por ello, los cinemómetros de la Dirección General de Tráfico han de estar vigilados, y se invierte en que estén correctamente calibrados.

En ocasiones, un radar de la DGT mal calibrado puede conllevar en multas erróneas e injustas

 

Los radares de la DGT también cometen errores

El verano pasado, un radar de la N-330 ha estado multando a muchos conductores que circulaban correctamente, por un supuesto exceso de velocidad. La razón no ha sido otra que un error de calibrado, que hacía que el cinemómetro considerase excesos de velocidad a partir de los 90 km/h, cuando el tramo estaba limitado a una velocidad máxima superior, a 100 km/h. Esta situación, según publica el Heraldo, se habría mantenido durante 20 días, entre el 26 de agosto y el 17 de septiembre.

El error se debería a una confusión con la nueva normativa de tráfico que limita la velocidad a 90 km/h en vías convencionales. A pesar de estar limitada a 100 km/h, la N-330 en el punto kilométrico 508.1, en el que se encuentra el cinemómetro, está desdoblada, y tiene consideración de autovía. Por lo tanto, su velocidad máxima sigue siendo la que establece la señalización, de 100 km/h.

Un radar de la N-330 estuvo sancionando a los conductores, erróneamente, durante 20 días, considerando excesos de velocidad a partir de 90 km/h, en un tramo que realmente estaba limitado a una velocidad máxima de 100 km/h

Radar Falso Dgt 2

El error de calibración del radar ha derivado en que se generasen multas erróneas, en conductores que no superaban la velocidad legal establecida, con el margen de tolerancia añadido, según las especificaciones que establece la normativa de Tráfico.

Radares mal ubicados

Recientemente, conocíamos otro caso no menos sorprendente (ver noticia en La Vanguardia). La DGT reconocía errores en la ubicación de un radar y decidía anular de oficio cerca de 16.000 multas por exceso de velocidad. Un radar instalado en la autovía A-66, más conocida como Ruta de la Plata, que une Gijón y Sevilla, había estado sancionando a conductores que superaban los 90 km/h, a pesar de que el límite en ese preciso lugar era de 120 km/h. El problema de este radar, instalado en el túnel Ángel Uriel, en Oviedo, no era otro que haberse situado inmediatamente después de una señal que indica el fin de la prohibición del límite de velocidad establecido en el túnel.

La DGT ha admitido la devolución de cerca de 16.000 multas interpuestas por un radar fijo mal ubicado

 

¿Qué sucede cuando un radar se equivoca?

Tras haberse interpuesto multitud de recursos, en ambos casos Tráfico ha constado que el radar estaba mal calibrado o mal situado. Eso facilita que las sanciones interpuestas puedan anularse. De hecho, los conductores que habrían sido sancionados, habiendo interpuesto, o no, recurso, ya están recibiendo las correspondientes notificaciones que comunican que su sanción se ha archivado.

Esto nos lleva a recordar lo importante que es recurrir una sanción si consideramos que es injusta, o que no hemos cometido ninguna infracción. La posibilidad de ver reducida la sanción, a un 50%, a la mitad del importe, lleva a muchos conductores a pagar la sanción cuanto antes, y beneficiarse del descuento por pronto pago. Pero también puede disuadirnos de hacer valer un derecho, y de evitar sanciones injustas, o evitar que un error nos perjudique.

Es importante que los conductores recurran las sanciones cuando consideren que son injustas, que no han cometido infracción alguna, o existan defectos de forma

 

Cómo recurrir una multa de tráfico

Recurrir una multa de tráfico es un proceso sencillo, si bien es cierto conlleva renunciar a la reducción por pronto pago. De ahí que sea importante valorar el posible éxito del recurso, y si nos encontramos en una situación injusta. Para iniciar el recurso, una vez hemos recibido la notificación de la sanción, que solicita que identifiquemos al conductor, hemos de seguir los pasos que se nos indican en la propia notificación.

Como la reducción por pronto pago, los recursos también tienen unos plazos establecidos, con lo cual hemos de enviar la solicitud de recurso, y el pliego de descargo, o el escrito de alegaciones, cumpliendo con lo estipulado en la propia notificación, en el plazo que se nos indica (suele ser de 15 días).

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