El pasado Miércoles se aprobaba la reforma de las ITV que ya os adelantamos hace semanas y que entrará en vigor el 20 de Mayo de 2018. El Gobierno de España a través del Ministerio de Industria ya había advertido en diferentes ocasiones que estaba trabajando en una reforma de las inspecciones técnicas de cara a equiparar le legislación española a la europea, aprovechando además para perseguir con mayor énfasis la manipulación de los vehículos en materia de emisiones y seguridad. La reforma ha llegado con importantes novedades y estos son los 5 cambios que más te pueden afectar.
Diagnosis del vehículo mediante OBD
Era la medida estrella de esta reforma y con la aprobación del Real Decreto se obliga a la estaciones ITV a disponer de los equipos necesarios para realizar una diagnosis vía puerto OBD en aquellos vehículos que la soporten. La diagnosis se realizará a través del puerto de comunicación OBD, accediendo así a la ECU del vehículo para comprobar el correcto funcionamiento de los sistemas, las averías registradas en la memoria y la posible manipulación. El principal objetivo de esta diagnosis es acabar con la manipulación de los sistemas anticontaminación como FAP, AdBlue y EGR y los sistemas de seguridad como airbags o pretensores.

La matrícula histórica pasa de 25 a 30 años
La obtención de la matrícula histórica cambia la edad mínima de su obtención. Hasta la fecha eran necesarios al menos 25 años de antigüedad para poder solicitar la matrícula histórica, con la entrada en vigor de la reforma serán necesarios al menos 30 años de antigüedad que es la edad exigida en el grueso de los países europeos. Los beneficios de la matrícula histórica se mantienen en materia de impuesto de circulación o mayor intervalo de tiempo entre inspecciones técnicas.
Adelantar la ITV no te penalizará
Adelantar la cita de inspección técnica para tu vehículo ya no te supondrá modificar la fecha de próxima inspección si la cita solicitada no se produce con más de un mes de antelación. Gracias a esta modificación el usuario podrá buscar con suficiente antelación una cita previa a su fecha de caducidad, y siempre y cuando la inspección no se produzca con una antelación superior a un mes, la fecha de próxima inspección se mantendrá.
Libre elección de estación tras suspenso
Otra de las grandes reclamaciones por parte de los usuarios era la eliminación de la obligatoriedad de estación tras una inspección desfavorable. Con la nueva reforma el usuario podrá escoger libremente dónde quiere realizar la inspección técnica posterior a un informe desfavorable, permitiendo así mayor flexibilidad en tanto a la búsqueda de estación y fecha. Lo que no cambia es el plazo para volver a pasar la inspección técnica que se mantiene en un mes como máximo.
No tendrás que volver a pasar la ITV al importar
La búsqueda de equiparación con el resto de países miembros y la adaptación a la norma internacional UNE EN/ISO 17020 traerá consigo la validación de las inspecciones técnicas extranjeras (UE) en caso de importación. De este modo, al importar un vehículo al mercado español ya no será necesario volver a pasar la ITV si el vehículo objeto de importación tiene la ITV en vigor en su país de origen. Este cambio permite un importante ahorro de trámites, también económico, facilitando la importación de vehículos desde otros estadsos miembros.
Fuente: BOE