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Atropello de un ciclista en paso de cebra, ¿quién tiene la culpa?

¿Quién tiene la culpa en un atropello en un paso de cebra, el ciclista que cruzaba por el paso para peatones, o el conductor que lo atropelló? Respuesta rápida: el culpable del accidente es el ciclista, si bien es cierto, los jueces no siempre han dado la razón al conductor.

A raíz de algunos de los artículos que hemos publicado en Diariomotor, son muchos los lectores que nos han escrito consultándonos sus dudas acerca de la normativa que rige al respecto de la circulación de ciclistas y conductores. Os agradecemos vuestras consultas y, por nuestra parte, estamos encantados de responderlas e indagar en la normativa, y en la jurisprudencia, para resolverlas.

La normativa que rige respecto a la circulación de ciclistas y conductores genera muchas dudas, en asuntos tan importantes como la prioridad en pasos para peatones

Una de las consultas que nos ha llegado tiene que ver con la prioridad en un paso para peatones. ¿Puede cruzar un ciclista la calzada en un paso para peatones? ¿Ha de cederle el paso el coche que se aproxima al paso de cebra? ¿Qué ha de hacer el ciclista para cruzar la calzada? Y no menos importante, ¿qué sucede si se produce un accidente, el culpable es el ciclista o el conductor?

Paso para peatones: culpa del ciclista o del conductor

Como os decíamos, si un ciclista es atropellado en un paso para peatones, el culpable es el ciclista. Aunque más adelante maticemos y profundicemos en esta respuesta, la razón no es otra que el ciclista no tiene prioridad en un paso para peatones. La única posibilidad que cabe, y el procedimiento adecuado, legal, y seguro, para hacerlo, es que el ciclista cruce por un paso para peatones bajándose de su bicicleta y arrastrándola a pie, en cuyo caso tendría la consideración de peatón.

La clave: el ciclista no tiene prioridad en un paso para peatones y solo puede cruzar por él, legalmente, bajándose de su bicicleta y arrastrándola a pie, en cuyo caso tiene consideración de peatón

Fallando a favor del conductor en atropellos a ciclistas

Esa fue precisamente la razón por la cual, años atrás, el magistrado de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón daba la razón a la conductora de un automóvil, culpando al ciclista de un atropello en un paso de cebra y desestimando las indemnizaciones que solicitaba.

La conductora de un Ford Focus atropelló a un ciclista, en un paso de cebra, a las 7:50 de la mañana del 12 de septiembre de 2017, en la ronda Este, frente al Palau de la Festa. El problema está en que el ciclista no circulaba correctamente, puesto que cruzaba por un paso de peatones montado en su bicicleta. El ciclista sufrió heridas importantes en su pierna izquierda, fractura de peroné, tobillo y un nervio. Lesiones por las que permanecería incapacitado durante varios meses y de baja laboral.

Los jueces han fallado a favor del conductor, desestimando la denuncia de un ciclista que fue atropellado cruzando incorrectamente un paso para peatones

El ciclista presentó una demanda, y reclamó una indemnización a la conductora por los daños sufridos y por lo que consideraba una imprudencia, no respetar la circulación de los peatones en un paso de cebra. Pero, lógicamente, tanto el juzgado de Instrucción, como la Audiencia Provincial de Castellón, desestimaron su petición y consideraron culpable al peatón de lo sucedido (El Periódico Mediterráneo).

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Los jueces también han fallado a favor del ciclista atropellado

Insistimos en que, en casos con cierto parecido al de este accidente, los jueces no siempre han fallado a favor del conductor. En diciembre de 2016, la Audiencia Provincial de Sevilla falló en contra de un conductor, que tuvo que indemnizar a un ciclista con 3.677,81€ tras un atropello, en el que el ciclista cruzaba por un paso para peatones, montando en su bicicleta. Aquel fallo venía a corregir una sentencia anterior, de un juez de Primera Instancia número 2 de Sevilla, que inicialmente había establecido que el ciclista indemnizase con 500,42€ al conductor del coche por los daños causados (Diario de Sevilla).

Los jueces también han fallado en contra del conductor, obligándole a pagar las correspondientes indemnizaciones a un ciclista que cruzaba incorrectamente por un paso para peatones

Según el veredicto «en ningún caso el hecho de que un ciclista cruce una calzada por un paso de peatones legitima al conductor de un vehículo de motor a atropellarlo», una afirmación que – sinceramente – nos parece absurda. Imaginamos que el conductor del vehículo no tendría la intención de atropellar al ciclista. Y lo que sí sabemos es que ese atropello se produjo por una imprudencia del ciclista.

Las discrepancias en las jurisprudencia nos llevan, inexorablemente, a considerar que solo el respeto de la normativa y la prudencia de los conductores y los ciclistas, pueden evitar este tipo de situaciones en los juzgados y, lo que es más importante, accidentes que pueden ser realmente graves para el ciclista.

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La prioridad de paso de los ciclistas

Según el Reglamento General de Circulación hay tres situaciones en las que el ciclista tiene prioridad de paso respecto a los vehículos a motor y ninguna de ellas es cruzar un paso para peatones. Los ciclistas tienen prioridad de paso en carriles bici, pasos para ciclistas, arcenes señalizados, circulando en grupo en glorietas y cuando el vehículo a motor tenga que girar a derecha o a izquierda para entrar en otra vía. Así lo dice el artículo 64 que establece las normas generales y la prioridad de paso de ciclistas.

Los conductores de bicicletas tienen prioridad de paso respecto a los vehículos de motor:
a) Cuando circulen por un carril bici, paso para ciclistas o arcén debidamente señalizados.
b) Cuando para entrar en otra vía el vehículo de motor gire a derecha o izquierda, en los supuestos permitidos, y haya un ciclista en sus proximidades.
c) Cuando circulando en grupo, el primero haya iniciado ya el cruce o haya entrado en una glorieta.
En los demás casos serán aplicables las normas generales sobre prioridad de paso entre vehículos

¿Cómo debe cruzar un ciclista por un paso para peatones?

Insistimos, la única posibilidad que cabe es que el ciclista se baje de su bicicleta y cruce la calzada transversalmente, por el paso de peatones, arrastrando a pie su bicicleta. En este caso, tiene la consideración de peatón y por lo tanto goza de la prioridad de paso que le concede el paso para peatones.

Con la ley en la mano e independientemente de la jurisprudencia recomendamos, siempre, que el ciclista baje de su bicicleta para cruzar por un paso para peatones y que el conductor extreme la precaución al aproximarse a un paso para peatones

Un servidor, además de conductor es ciclista y usuario de vehículos de movilidad personal. Y el único consejo que se me puede ocurrir a este respecto hacia el ciclista es que cumpla escrupulosamente esta norma. A fin de cuentas, es su vida la que está en juego, y las lesiones que puede sufrir en un accidente, independientemente de quien se considere tiene la culpabilidad, son muy graves.

En cuanto al conductor, aconsejamos extremar la precaución en el entorno de un paso para peatones. Haya ciclistas, o no, eso es lo que debería hacer siempre un conductor en un paso para peatones y, de hecho, esa es la razón por la que se prohibe adelantar – salvo a velocidades muy reducidas que permitan detener el vehículo – y se recomienda aminorar la velocidad al aproximarse a un paso para peatones.

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