ESPACIOS
Cerrar CERRAR
Actualidad

3 MIN

La DGT alerta de que esta habitual maniobra puede costarte una multa de 200 euros

Hay una situación muy habitual en las calles de cualquier ciudad que cuenta con espacios específicos para determinados vehículos: efectuar un giro en el que un coche necesita invadir el carril-bus. Esta parte de la calzada se ha convertido (igual que ocurre con las rotondas) en un foco de conflictos por la cantidad de vehículos que circulan (autobuses, taxis, motos y bicicletas) y su prioridad sobre el resto. ¿Qué pasa cuando un giro nos obliga a invadir el carril-bus? La DGT nos explica cómo hacer (bien) esta arriesgada maniobra.

Echando un vistazo a la revista de la Dirección General de Tráfico hemos encontrado la siguiente pregunta: si quiero girar, ¿debo ocupar el carril-bus para no cortar la trayectoria de los vehículos que circulan por él o puedo hacer la maniobra desde el carril derecho siguiendo las flechas de selección? La respuesta, como siempre, la encontramos en el Reglamento General de Circulación (RGC) que nos explica cómo llevar a cabo este movimiento teniendo en cuenta dos premisas.

Carril Bus 03

1. Las marcas viales

No siempre vamos a poder efectuar un giro atravesando un carril-bus: serán las marcas viales las que nos indiquen si la maniobra es posible. Sólo lo será en los tramos donde la marca blanca longitudinal del exterior de este carril esté constituida por una línea discontinua: en esa parte se permite la invasión para llevar a cabo alguna maniobra que no sea parar, estacionar, cambiar el sentido de la marcha o adelantar.

2. Respetar la prioridad

Toda maniobra de desplazamiento lateral que implica un cambio de carril deberá realizarse respetando la prioridad del vehículo o vehículos que circulan por el carril que vamos a ocupar. Si queremos girar a la derecha o a la izquierda y nos encontramos con una vía específica, tendremos que respetar la prioridad de los que ocupan esa parte de la calzada. O lo que es lo mismo: para cambiar de rumbo antes tendremos que ceder el paso a autobuses, taxis, motos y ciclistas deteniendo nuestra marcha si la situación lo requiere.

Cabe recordar que el Artículo 74 del RGC establece que el conductor de un vehículo que pretenda girar a la derecha o a la izquierda para utilizar una vía distinta de aquella por la que circula, para tomar otra calzada de la misma vía o para salir de ella, deberá advertirlo previamente y con suficiente antelación a los conductores de los vehículos que circulan detrás del suyo. Es decir: tenemos que poner en marcha los intermitentes para informar al resto de nuestras intenciones.

Carril Bus 01

La multa por usar el carril-bus

Los turismos tienen prohibida la circulación por el carril-bus, una acción que está penada con su correspondiente sanción. La regulación de este tipo de carriles corresponde a los ayuntamientos por lo que no existe un criterio unificado para las multas: la cantidad puede variar de una localidad a otra aunque lo habitual es una cuantía de 200 euros.

Ten en cuenta, además, que este castigo puede llegar por invadir el carril-bus y por llevar a cabo las siguientes maniobras: circular por él, estacionar obstaculizando el paso de los vehículos para los que está reservado y hacer una parada aunque ésta sea inferior a dos minutos y permanezcas en el interior del coche.

Cargando...