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Las 8 advertencias que la DGT tiene para los usuarios de los patinetes eléctricos

Mucho han cambiado las cosas desde que los primeros aparecieron en las ciudades españolas. Su proliferación ha obligado a las autoridades a tomar cartas en el asunto a través de una serie de consideraciones y normas. Tras calificarlos como vehículos llegó su propio marco regulativo y ahora la DGT lanza una serie de advertencias para los usuarios de los patinetes eléctricos.

“Recuerda: eres un conductor. La responsabilidad es tuya”. De esta manera concluye el vídeo que la Dirección General de Tráfico ha hecho para recordar a quienes se mueven en patinete eléctrico las normas que tienen que respetar y cumplir para convivir con el resto de actores: peatones, vehículos a motor y bicicletas. Son tan sólo 45 segundos en los que recogen tanto normas como recomendaciones.

1. Alcohol y drogas

La DGT arranca haciendo especial énfasis en el consumo de alcohol y drogas. Los menores tienen que circular respetando, siempre, la tasa cero: algo también aplicable a bicicletas, ciclomotores o cuadriciclos ligeros.

Los demás usuarios están sujetos a las mismas normas que los conductores del resto de vehículos, es decir, les aplicarán los límites estipulados por ley: a partir de 0,5 g/l en sangre y 0,25 mg/l en aire espirado darán positivo. Las sanciones serán idénticas: entre 500 y 1.000 dependiendo de la tasa y 1.000 en el caso de las drogas.

2. Aceras

La circulación de un patinete eléctrico por la acera está prohibida. Estos espacios están reservados para los peatones y suya es la preferencia: incumplir esta norma está sancionado con 200 euros. Cabe recordar que tampoco es posible conducir uno de estos vehículos por túneles urbanos, travesías, vías interurbanas, autopistas y autovías.

Patinete Electrico Certificado Obligatorio 03

3. Una sola persona

La DGT recuerda que un patinete sólo puede ir una persona, no dos: en este caso estaríamos ante una infracción leve (100 euros). Son vehículos diseñados y desarrollados para el transporte individual: de ahí que hayan sido definidos como Vehículos de Movilidad Personal (VMP).

4. Señales de tráfico

Los patinetes eléctricos son vehículos que se mueven por la calzada y, como tales, están obligados a seguir las normas de tráfico y obedecer las señales que lo regulan. La DGT hace especial énfasis en tres: stop, semáforos y pasos de peatones.

Patinete Electrico Certificado Obligatorio 04

5. Luces

De momento es una recomendación, pero en el manual que establece las características técnicas de estos vehículos figura la obligatoriedad de estar equipados con un catadióptrico frontal (blanco), dos laterales (blanco o color amarillo auto) y uno trasero (rojo). La luz de freno tiene que estar diferenciada o combinada con la luz trasera. A esto hay que añadir el uso de prendas reflectantes, sobre todo cuando la luz es escasa o se circula de noche.

En este punto hay que tener en cuenta las Ordenanzas Municipales de cada ayuntamiento: son ellos quienes pueden establecer un equipamiento necesario para estos vehículos y sus usuarios.

Patinete Electrico Certificado Obligatorio 03

6. Auriculares

Igual que ocurre con los ciclistas o los conductores de vehículos a motor, no se puede circular en patinete usando auriculares: “Queda prohibido conducir y utilizar cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido”.

De igual manera “se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares”. La multa, en ambos casos, es de 200 euros.

Patinete Electrico Bolt 03

7. Casco

Recuerda la DGT que el casco puede salvar la vida y, además, desde el 21 de marzo es obligatorio. La sanción por no hacer uso del mismo a bordo de un patinete eléctrico es de 200 euros y los agentes procederán a la inmovilización del vehículo.

8. Aparcamiento

Por último, los usuarios de patinetes eléctricos tienen que tener en cuenta que no pueden aparcar donde quieran: tienen que hacerlo (preferentemente) en los espacios destinados a los Vehículos de Movilidad Personal y si no existen, donde no molesten a los peatones.

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