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Tolerancia 7: al eliminar el margen de 20 km/h, ¿qué pasa con el truco que te deja saltarte los límites legalmente?

Uno de los hechos más relevante para el mundo del motor en 2021 ha sido la aprobación de la reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Llegó a finales de diciembre, pero los principales cambios entraran en vigor tres meses después: el 22 de marzo de 2022. Será entonces cuando desaparezca el margen de 20 km/h para adelantar a un vehículo en carreteras convencionales: ¿qué pasará, entonces, con Tolerancia 7, el truco que permite saltarse los límites legalmente?

Pongamos algo de contexto. Los radares son máquinas, cada vez, más sofisticadas y precisas… pero máquinas, al fin y al cabo. Esto quiere decir que ni ellas son perfectas ni sus mediciones de la velocidad son exactas: teniendo esto en cuenta, en 2015 se dictó una instrucción y, desde entonces, la Dirección General de Tráfico (DGT) aplica un margen de error llamado ‘Tolerancia 7’. Un nombre con el que hacen referencia al margen de error de los cinemómetros.

Radares Dgt Verano 2021 Halicoptero Pegasus

Entre el 3 y el 7%

Este pequeño defecto se traduce en un pequeño extra de velocidad para el conductor aunque os recordamos que siempre debemos respetar los límites de cada vía puesto que los excesos son una de las principales causas de los accidentes que tienen lugar en nuestras carreteras. Hecho este recordatorio, seguimos con nuestra explicación. La tolerancia de los radares oscila entre el 3% de los más modernos y el 7% de los más antiguos: si sumamos este margen, comprobaremos que los cinemómetros no saltan cuando superamos el máximo de la vía en un kilómetro.

No obstante, hay que tener en cuenta tres cosas. La primera es que los nuevos cinemómetros sí tienen la capacidad de reconocer qué tipo de vehículo circula por la vía: si una furgoneta, camión o autobús (que tienen márgenes de velocidad menores) adopta el margen de un turismo… será sancionado. La segunda es que los radares de los helicópteros no conceden este extra porque hace tres mediciones consecutivas de tres segundos y si el vehículo va por encima de lo permitido recibirá la correspondiente multa. Y la tercera es que este margen no se aplica en Cataluña, Navarra y País Vasco porque tienen transferidas las competencias en esta materia.

Radares Verano 2021 02

Radares móviles

La tolerancia de los radares depende del tipo de dispositivo. En el caso de los 545 móviles que hay en España es del 7%, un margen que se aplica de dos formas diferentes.

Cuando el límite es igual o inferior a 100 km/h se sustituye por la posibilidad de superar la velocidad permitida en 7 km/h porque, según la DGT, ese porcentaje sería casi imposible de percibir a ritmos muy bajos. Si el máximo es superior a 100 km/h sí se suma el 7% de lo permitido: a 110 km/h el radar saltará cuando superemos los 117,7 km/h y a 120 km/h, las multas entraran en acción cuando un coche rebase los 128,4 km/h.

Radares Dgt Verano 2021 Radar Senal 02

Radares fijos

En el caso de los radares fijos (780) la tolerancia es menor: del 5%. Eso sí, su aplicación es la misma que en el caso anterior: cuando el límite es igual o inferior a 100 km/h se suman 5 km/h al máximo así que en una vía de 90 km/h, el cinemómetro se activará a los 95 km/h. Por encima de los 100 km/h, sin embargo, se añadirá el 5% del máximo: en carreteras de 110 km/h saltará a 115 km/h y en las de 120 km/h lo hará a 126 km/h.

‘Tolerancia 7’ y el margen de 20 km/h

Llegamos, por fin, al tema que nos ocupa: ¿qué ocurre con este truco ahora que va a desaparecer el margen de 20 km/h para adelantar en las carreteras convencionales? Antes de la reforma, era posible adelantar a un vehículo a 110 km/h sin miedo a ser multados: tanto si había un radar móvil (que saltaría a 97 km/h) como si había uno fijo (que lo haría a 95 km/h), no habría sanción porque nos amparaba ese extra.

Aunque va a ser eliminado, el truco de la ‘Tolerancia 7’ se mantendrá para los cinemómetros que midan la velocidad en las vías convencionales. O lo que es lo mismo: en presencia de estos dispositivos, podremos rebasar el límite de 90 km/h para llegar a 95 o a 97 y efectuar la maniobra de adelantamiento dentro de la ‘legalidad’. ¿Es un margen suficiente para llevar a cabo este movimiento con seguridad? A no ser que el otro vehículo circule excepcionalmente despacio, nos tememos que no… así que de poco nos servirá este truco en este escenario en concreto.

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