Las 10 multas más comunes por las que la DGT te quitará puntos del carnet

Contenido
- 1. Exceso de velocidad (2 - 6 ptos.)
- 2. Consumir superando la tasa de alcohol o habiendo consumido drogas (4 - 6 ptos.)
- 3. Conducir usando el teléfono móvil u otros dispositivos (3 ptos.)
- 4 Circular en moto sin casco (3 ptos.)
- 5. No usar el cinturón o sistema de retención infantil (3 ptos.)
- 6. Saltarse un STOP o semáforo en rojo (4 ptos.)
- 7. Circular en dirección prohibida (hasta 6 ptos.)
- 8. No mantener la distancia de seguridad (4 ptos.)
- 9. Adelantamientos indebidos (hasta 4 ptos.)
- 10. No respetar pasos de peatones o ciclistas (hasta 4 ptos.)
- Y además...
Llega el mes de agosto, época de viajes por excelencia, para pasar unos días en la playa o en la montaña, o tal vez un fin de semana en el pueblo. Viajes que la gran mayoría de nosotros realizaremos con nuestros coches, y para que no te pille por sorpresa, te traemos las 10 infracciones más comunes que conllevan la retirada de puntos del carnet de conducir. ¡Comenzamos!
1. Exceso de velocidad (2 - 6 ptos.)
La sanción por superar el límite máximo de velocidad puede ir desde una sanción económica de 100 €, que se reduce a la mitad por pronto pago, hasta la retirada de 6 puntos del carné y 600 €. En la tabla adjunta puedes consultar las diferentes sanciones en función del límite de la vía y la velocidad a la que circules.
2. Consumir superando la tasa de alcohol o habiendo consumido drogas (4 - 6 ptos.)
Conducir con una tasa de alcohol entre 0,25 y 0,50 mg/litro de aire expirado supone una sanción de 500 € y 4 puntos, que puede elevarse hasta los 1.000 € y 6 puntos en casos de reincidencia. Además, si la tasa supera los 0,5 mg/litro de aire expirado se consideraría un delito contra la seguridad vial, con una pena de prisión de 3 a 6 meses y la retirada del carné de conducir entre 1 y 4 años.
En cambio, si el conductor da positivo en consumo de drogas la sanción será directamente de 1.000 € y 6 puntos, suponiendo de nuevo un delito contra la seguridad vial.
3. Conducir usando el teléfono móvil u otros dispositivos (3 ptos.)
4. Circular en moto sin casco (3 ptos.)
5. No usar el cinturón o sistema de retención infantil (3 ptos.)
• Conductores al efectuar la maniobra de marcha atrás o estacionamiento. • Personas provistas de un certificado médico que avale el no uso del cinturón. • Los conductores de taxi cuando estén en servicio dentro de poblado. • Los repartidores o distribuidores de mercancías cuando estén efectuando operaciones de carga y descarga dentro de poblado y a corta distancia. • Conductores y pasajeros de los vehículos en servicio de urgencia. • Profesores de autoescuelas que acompañan a un alumno durante las clases.
Por otro lado, los menores de edad de estatura igual o inferior a 135 centímetros deberán usar sistemas de retención infantil (SRI) homologados y adaptados a su talla y peso, instalándose preferentemente en las plazas traseras. Así pues, el uso de estos sistemas SRI disminuyen hasta un 80 % las posibilidades de que un niño sufra lesiones muy graves o mortales en caso de accidente.
Ambas infracciones, tanto no llevar puesto el cinturón de seguridad, como no usar sistemas de retención infantil, se consideran graves y llevan aparejadas una multa de 200 € más la retirada de 3 puntos del carnet de conducir.
6. Saltarse un STOP o semáforo en rojo (4 ptos.)
7. Circular en dirección prohibida (hasta 6 ptos.)
Igualmente, conviene recordar que el uso del carril bus-taxi es regulado por el ayuntamiento de cada municipio, existiendo casos en los que vehículos eléctricos o ciclomotores/motocicletas sí pueden utilizarlo. No obstande, ciruclar por él supone una sanción económica de hasta 200 €.
8. No mantener la distancia de seguridad (4 ptos.)
9. Adelantamientos indebidos (hasta 4 ptos.)
Por otro lado, según el Artículo 33.1 de Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial: "En todas las carreteras, como norma general, el adelantamiento debe efectuarse por la izquierda del vehículo que se pretenda adelantar". Esto significa que está prohibido adelantar por la derecha, salvo que ese adelantamiento tenga lugar en poblado a un vehículo que pretende girar a la izquierda, entre otros casos, conllevando una sanción desde 200 €.
10. No respetar pasos de peatones o ciclistas (hasta 4 ptos.)
Y además...
Para terminar este artículo me gustaría comentar tres puntos claves. El primero de ellos es que el titular del vehículo tiene la obligación de identificar al conductor que ha cometido la infracción, y en caso de no hacerlo, estaría cometiendo una infracción grave sancionada entre 500 € y 900 €, además de no poder beneficiarse de la reducción del 50 % de la multa original.
Al hilo de la bonificación del 50 % de la cuantía económica por pronto pago (antes de 20 días), debes saber que si te acoges a ella no podrás presentar ningún tipo de alegación ni recurso, ya que estarás asumiendo tu culpabilidad.
Finalmente, recordar que un conductor novel posee 8 puntos inicialmente, que se convertirán en 12 puntos transcurridos tres años y no ha cometido ninguna infracción, y a partir de ahí un punto por año hasta alcanzar un máximo de 15 puntos.
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