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Avisar de la presencia y de la ubicación de un radar: ¿hasta dónde es legal?

Son miles los conductores que usan un sistema de navegación en sus trayectos. Una herramienta que no sólo guía, también alerta sobre la densidad del tráfico, recuerda la velocidad máxima de la vía, señala las incidencias que hay en la carretera… e informa sobre la existencia de un radar: fijos, móviles, de semáforo, etc. La pregunta es inevitable: ¿hasta dónde es legal avisar sobre la presencia de un radar?

La respuesta depende del tipo de dispositivo. En el caso de los radares fijos, sí es legal avisar: no solamente están señalizados, sino que su ubicación es de dominio público porque la Dirección General de Tráfico la publica en su página web. El dilema llega con los radares móviles o los controles aleatorios.

Radar Movil Dgt 01

El dilema: los radares móviles

Sobre ellos, la DGT sólo facilita el tramo de carretera en el que se suele llevar a cabo el control de velocidad: nunca especifica el punto kilométrico exacto. ¿Es legal compartir su ubicación? Sí, siempre y cuando el usuario avise de un control que ha presenciado él mismo: solamente si ha conseguido los datos de forma ilícita estará infringiendo la ley.

Razón por la que los conductores pueden proporcionar este tipo de información, sin miedo a represalias, en las aplicaciones de navegación colaborativas o en los grupos de WhatsApp y Telegram. Eso sí, cabe recordar que hacer ráfagas para avisar de un control policial sí está tipificado como infracción y se castiga con una multa de hasta 100 euros.

Radares Dgt Verano 2021 Radar Movil Tripode Guardia Civil

El papel de la DGT

La DGT está buscando la forma de erradicar estas acciones. En su momento, solicitó un informe a la Abogacía del Estado para encontrar la fórmula que les permita prohibir los avisos con los que las aplicaciones informan de la presencia de un control en la carretera. A raíz de esto, se decidió multar a quien alertase de ello: fue una medida presentada a principios de 2020 y que sigue en compás de espera.

Las autoridades de Tráfico insisten en que conocer las coordenadas de los radares móviles y de los controles aleatorios hace que pierdan su eficacia. Cuando esto ocurre, se facilita la circulación de conductores bajo los efectos del alcohol y las drogas, de coches sin asegurar e, incluso, de usuarios que se están saltando cualquier ley.

Diferencias Avisador Detector Inhibidor Radares 06

Los avisadores de radares

Si hablamos de dispositivos, los únicos legales son los avisadores de radares, que funcionan con un sistema GPS y con una base de datos que es pública y compartida: se limitan a situar el control en el mapa y a avisar al conductor cuando se acerca a este punto. Igual que ocurre con los sistemas de navegación y los radares fijos.

Las cosas cambian con los detectores y los inhibidores. El Apartado 6 del artículo 13 de la Ley de Tráfico estable que está prohibido llevarlos (aunque no se estén empleando) y usarlos: los detectores porque localizan todos los controles y los inhibidores porque interfieren en el funcionamiento del radar impidiendo la correcta detección y sanción de un vehículo.

La presencia de un detector de radares supone una infracción grave y está castigada con una multa de 200 euros y la retirada de 3 puntos en el carnet de conducir. En el caso de los inhibidores, la sanción es doble: el conductor puede recibir un castigo económico de hasta 6.000 euros y la pérdida de seis puntos, mientras que el taller encargado de la instalación deberá hacer frente a una pena de 30.000 euros.

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