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La DGT recuerda que los patinetes también pueden ser multados: 1.200€ por vía interurbana, con auriculares y bajo los efectos de las drogas

La conducción de un patinete eléctrico también está sujeta a normas y obligaciones. Mientras la Dirección General de Tráfico trabaja para establecer un marco regulatorio específico para los vehículos de movilidad personal que, hasta ahora, sobre todo está establecido mediante ordenanzas municipales, es importante recordar que el uso de un patinete eléctrico también implica respetar normas de circulación y existen prohibiciones, que también se aplican a ciclistas, conductores de automóviles y motoristas, como el uso de auriculares, utilizar un patinete eléctrico bajo los efectos del alcohol y otras drogas, o hacerlo fuera de los espacios en que se permite su uso.

La DGT apuntaba cómo el usuario de un patinete eléctrico había sido sancionado con 1.200€ de multa, por una combinación de infracciones que demuestran que los agentes de Tráfico también están controlando a los usuarios de vehículos de movilidad personal.

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Foto de archivo del patinete Xiaomi.

Patinetes, prohibidos en vías interurbanas

La primera infracción cometida por el usuario del patinete eléctrico ha sido circular por vías interurbanas.

El uso de vehículos de movilidad personal está específicamente prohibido, desde el 2 de enero de 2021, por el Real Decreto 970/2020, del 10 de noviembre de 2020, que regulaba el uso de los vehículos de movilidad personal y que modificaba el artículo 38 del Reglamento General de Circulación añadiendo el siguiente punto:

4. Se prohíbe circular por travesías, vías interurbanas y autopistas y autovías que transcurren dentro de poblado con vehículos de movilidad personal. Asimismo, queda prohibida la circulación de estos vehículos en túneles urbanos

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Foto de archivo de patinetes de alquiler UFO en Madrid.

Consumo de alcohol y drogas en patinete

La segunda infracción cometida por el usuario del patinete eléctrico ha sido conducir bajo los efectos de las drogas. Los usuarios de los vehículos de movilidad personal, como los conductores de automóviles y ciclistas, están obligados a someterse a las pruebas de alcoholemia y otras drogas y negarse a realizar la prueba conlleva penas de prisión de entre 6 y 12 meses.

Las pruebas de drogas, a diferencia de las de alcoholemia, no establecen umbrales de consumo. Un positivo por consumo de drogas supone una sanción de 1.000 euros.

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Los auriculares en patinete eléctrico

La tercera infracción cometida por el usuario del patinete eléctrico ha sido utilizar auriculares. No es la primera vez que conocemos un caso similar a este. De hecho, meses atrás generaron bastante polémica algunas sanciones a ciclistas por utilizar auriculares.

Pero efectivamente utilizar auriculares está sancionado, tanto si conducimos un automóvil, como si practicamos ciclismo o montamos en un patinete eléctrico. Utilizar auriculares supone incumplir el segundo apartado del artículo 18 del Reglamento General de Circulación:

2. Queda prohibido conducir y utilizar cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la correspondiente enseñanza y la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención del permiso de conducción de motocicletas de dos ruedas cuando así lo exija el Reglamento General de Conductores

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