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La DGT no ha eliminado la multa por no llevar el carnet de conducir: con el DNI sólo, no basta

Conducir sin los papeles necesarios puede salir caro. Hay una serie de documentos que son obligatorios: el carnet figura entre ellos. Si te pones al volante sin él, existe la posibilidad de recibir una sanción porque, a pesar de las noticias que han surgido estos días, la Dirección General de Tráfico no ha eliminado la multa que castiga a los conductores que no llevan el carnet.

Pongamos algo de contexto. Desde hace un par de semanas, circula una noticia que llama la atención porque afirma que la DGT ha eliminado la multa que castiga a los conductores que circulan sin llevar el carnet de conducir encima. Añaden, además, que bastaría con mostrar el DNI. En Diariomotor nos hemos puesto en contacto con la Dirección General de Tráfico y nos han confirmado que la sanción sigue vigente y que el documento de identidad personal, en ningún caso, sustituye al permiso que nos acredita como conductores.

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En formato físico o en la aplicación

Precisamente, el carnet es el documento que confirma que tenemos en nuestro poder un permiso apto para conducir el vehículo que tenemos entre manos: una moto, un coche, un camión, un autobús… Si no lo llevamos con nosotros, estaremos cometiendo una infracción leve castigada con una multa de hasta 100 euros.

En nuestra charla con la DGT nos explicaban que todos los conductores deben llevar el carnet en formato físico o en la aplicación MiDGT, donde está tanto el permiso de conducción como el de circulación. Esta documentación virtual tiene la misma validez que la física, aunque sólo dentro de nuestras fronteras: si conducimos en otro país (donde no sea necesario llevar el permiso internacional), tendremos que llevar el permiso físico.

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No obstante, desde Tráfico recomiendan llevar ambas opciones por dos razones. La primera de ellas es que nuestro teléfono puede quedarse sin batería dejándonos indocumentados y la segunda es que puede que algunos cuerpos de vigilancia, que no sean agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil, no dispongan de las herramientas necesarias (tablets) para leer el código QR y verificar nuestro carnet electrónico.

Identificación del conductor

Queda claro, por lo tanto, que todos los conductores deben llevar, obligatoriamente, el carnet de conducir. ¿Y si, fruto del despiste, lo olvidamos? Lo cierto es que los Agentes de Tráfico pueden comprobar de forma telemática si tenemos un permiso en vigor e, incluso, un conductor podría salir indemne si muestra su DNI y el permiso de circulación. Eso sí, esto no significa que la multa haya desaparecido o haya sido eliminada.

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Otras multas relacionadas con el carnet

Aparte de la sanción aparejada al hecho de circular sin llevar el carnet de conducir, existen otras multas relacionadas con este documento.

Si los datos no están actualizados, el castigo puede ser de 80 euros y si está caducado, será de 200 euros sin pérdida de puntos: recuerda que puedes renovarlo con tres meses de antelación sin perder tiempo de validez, ya que el plazo de cinco o diez años se calcula con la fecha que figura en el permiso. Y si te han retirado el carnet, la multa será de 500 euros y cuatro puntos menos.

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