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Radares privados instalados en coches particulares: ¿son legales?

La polémica está servida. Hablar de radares estos días es hacerlo de Toledo: la provincia castellanomanchega acapara titulares por el debate generado en torno a este tipo de dispositivos. Un vídeo, difundido a través de las redes sociales, desvela que una empresa privada ha instalado un radar móvil en un coche particular para llevar a cabo labores de vigilancia: ¿es legal? Hablamos con la DGT para obtener una respuesta.

Vamos con los hechos y ponemos rumbo a la N-Va, a su paso por Cazalegas (Toledo). Esta parte de la carretera es competencia del ayuntamiento de dicha localidad, así que las labores de tráfico las suele llevar a cabo tanto la Guardia Civil como la Policía Local. Tal y como informan en AhoraCLM, de un tiempo a esta parte y con cierta frecuencia, agentes locales han realizado controles de velocidad en esta ubicación con un radar homologado y alquilado por el correspondiente consistorio.

Radar Movil Dos Carriles

Este tramo tiene distintos límites de velocidad: desde la autovía y hasta el puente sobre el río Alberche hay que circular a 80 km/h y, además, está prohibido adelantar porque siempre ha sido una zona peligrosa. Sin embargo, en la salida del citado puente hacia Madrid el máximo es de 60 km/h.

Esta vez, no obstante, el vehículo que estaba en el arcén era un coche particular equipado con un radar móvil: esta es la primera clave de la polémica. Un ciudadano lo observó y, grabando todos sus pasos, le preguntó quién era y qué hacía. La respuesta a la segunda cuestión ya la sabemos, quedaba por resolver la primera: el individuo aseguraba que trabaja para el Ayuntamiento de Cazalegas.

Dgt Dos Nuevos Coches Radares Moviles 05

Controles externalizados

Lo cierto es que, tal y como señala también AhoraCLM, el Ayuntamiento de Cazalegas habría decidido externalizar los controles de velocidad. Un punto que ha confirmado La Voz del Tajo: dicho medio, citando fuentes del consistorio local, apunta que se trataría de un operador de radar “debidamente habilitado, homologado y legal”.

El dispositivo pertenece a Vialine, la empresa encargada de proporcionar este servicio de vigilancia al Ayuntamiento de Cazalegas “mediante procedimientos seguros y eficaces”. Ellos captan las infracciones y es el consistorio el encargado de imponer las sanciones a los conductores que no respetan los límites de velocidad. Por lo tanto, sí podrían contratar a una compañía privada… aunque, como os vamos a explicar ahora, los encargados de manejar los dispositivos deben ser agentes de la autoridad.

Dgt Dos Nuevos Coches Radares Moviles 03

¿Y la persona que lo manejaba? Aquí llega la segunda clave de la polémica. Según recoge 20Minutos, el alcalde de Cazalegas ha emitido un comunicado donde niega que el conductor trabaje para el consistorio: asegura, también, que no tiene ninguna relación contractual con ellos.

Así las cosas, están investigando si es alguien vinculado “con alguna empresa prestataria de algún servicio o concesión municipal” o qué relación tiene con los servicios de control de tráfico. Por otro lado, están estudiando la grabación para concretar el punto kilométrico y cuando recopilen toda la información necesaria, dentro de sus competencias, pondrán en marcha las instrucciones necesarias para aclarar lo sucedido.

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Radares legales, homologados y manejados por un agente

En Diariomotor, nos hemos puesto en contacto con la DGT para saber qué está permitido y qué no en esta historia. En principio, el consistorio puede externalizar los controles de velocidad a través de una empresa privada, siempre y cuando se cumplan unos requisitos.

¿Cuáles? Los radares empleados en esta labor deben ser legales y estar homologados por el Instituto Nacional de Metrología. Al mismo tiempo, tienen que estar regulados y calibrados por la Orden Ministerial ITC/3123/2010. Si no reúnen todas estas condiciones, las imágenes que captan el exceso de velocidad no serán admitidas como pruebas de la infracción y la multa puede ser anulada.

Quedaría un último punto, que nos apuntan desde la Dirección General de Tráfico: los radares tienen que estar manipulados, siempre, por un agente de la autoridad. O lo que es lo mismo: un miembro de la Guardia Civil, la Policía Local o de cualquier cuerpo policial autonómico.

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