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Cómo circular en patinete con la nueva Ley de Tráfico: di “adiós” a las aceras y “hola” al casco

Ha tardado, pero ha llegado: el Congreso de los Diputados ha aprobado la nueva Ley de Tráfico, que entrará en vigor en dos tiempos: ahora y tres meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), es decir, en marzo de 2022. El texto sustituye al que estaba vigente desde 2015 y llega cargado de novedades: en esta ocasión, eso sí, vamos a centrarnos en los cambios que afectan a los Vehículos de Movilidad Personal (VMP). Concretamente, en los patinetes eléctricos: ¿sabes cómo tienes que circular con la nueva Ley de Tráfico?

Uno de los objetivos de la nueva normativa es contar con unas normas claras y generales que regulen su uso y circulación. De un tiempo a esta parte, la presencia de los patinetes eléctricos en las ciudades se ha multiplicado y la convivencia con el resto de actores de la vía no siempre ha sido fácil debido a la ausencia de un marco legal: tampoco ha sido sencilla la relación con los peatones. Tanto es así que, hasta el pasado 2 de enero, la única regulación que existía era la reflejada en las distintas ordenanzas municipales.

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Del Reglamento a la Ley de Tráfico

A principios de 2021 se introdujeron una serie de cambios en el Reglamento General de Vehículos y en el de Circulación centradas en los patinetes: por primera vez eran definidos como vehículos. A esto se sumaron diferentes normas como la prohibición de circular por encima de 25 km/h de velocidad. Como puntualizó en ese momento la DGT, era sólo el primer paso: el siguiente lo ha dado la nueva Ley de Tráfico elevando a categoría de ley algunos preceptos.

A partir de ahora, utilizar un patinete en la ciudad implicará el cumplimiento de algunas normas: uso de caso obligatorio, prohibición de moverse por las aceras y tasa cero de alcohol para determinados usuarios. Ignorar estas normas implicará las correspondientes sanciones impuestas para tal caso.

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Casco obligatorio

Con la nueva Ley de Tráfico, el casco se convierte en un accesorio obligatorio para todos los usuarios de patinetes: tanto particulares como de alquiler. La norma no lo impone de forma directa, pero habilita a los ayuntamientos para que lo regulen mediante ordenanzas municipales: “El conductor de un vehículo de movilidad personal estará obligado a utilizar casco de protección en los términos que reglamentariamente se determine”.

Aceras prohibidas

Los patinetes eléctricos no podrán circular por las aceras. Tampoco por autopistas, autovías, vías interurbanas, travesías y túneles urbanos. Al ser considerados vehículos a todos los efectos su presencia de limita a la calzada urbana o a los carriles propios. Incumplir este precepto se considerará una infracción grave penada con 200 euros.

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Tasa cero de alcohol

Ha sido una de las últimas en llegar. Con la nueva Ley de Tráfico se establece una tasa cero de alcohol para aquellos conductores de patinetes que sean menores de edad. El resto deberá respetar los límites establecidos (0,5 gramos por litro de sangre y 0,25 miligramos por litro de aire expirado / 0,3 gramos y 0,15 miligramos para noveles y profesionales) y no podrán negarse a realizar un control… a no ser que quieran cometer un delito.

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