ESPACIOS
Cerrar CERRAR
Actualidad

5 MIN

La DGT quiere que siempre lleves las luces encendidas

Las luces de corto alcance son equipamiento de serie en cualquier vehículo desde tiempos inmemoriales. Aun así, algunos conductores las usan incorrectamente, o parecen tener miedo a que «se gasten» por usarlas demasiado. La DGT ha decidido tomar cartas en el asunto y ha emitido una recomendación que a muchos puede extrañar, pero que tiene todo el sentido del mundo. Quieren que llevemos siempre encendidas las luces de cruce, y en este artículo te vamos a explicar por qué es una gran idea.

Es buena idea llevar tus luces siempre encendidas

Indudablemente. De hecho, es obligatorio conducir con las luces puestas en cualquier condición climática en países como Suecia, sin ir más lejos. Más allá de unas condiciones climatológicas específicas, el ejemplo de Suecia ha sido replicado en países como Noruega, Polonia u Holanda. Las luces LED diurnas han sido introducidas como equipamiento de serie obligatorio de los vehículos modernos por el mismo motivo: circular con las luces puestas aumenta nuestra visibilidad y nos permite ser vistos más fácilmente. Esto último es especialmente importante.

Con las luces de cruce encendidas, un coche es visible a distancias de hasta 240 metros.

A Que Distanciacs3á

Aunque sea de día, en ciertos momentos el sol puede jugarnos una mala pasada, especialmente cuando está saliendo o está cayendo. En estas situaciones es cuando más accidentes se producen por falta de visibilidad. Este problema es especialmente patente en coches de color oscuro: si circulan sin luces, pueden no ser vistos por otros conductores y puede ocurrir un accidente. El mismo problema ocurre con el resto de vehículos hasta cierto punto, disminuyendo a medida que el color de su carrocería se aclara.

Con independencia de su color, un coche con las luces encendidas siempre va a ser visible por el resto de conductores, y va a ser visible a una mayor distancia. Lo mismo ocurre para con los peatones y otros usuarios de la vía. Los potentes LED diurnos de un coche moderno son realmente efectivos para mejorar nuestra visibilidad. No obstante, si nuestro coche no tiene LED diurnos o nuestras luces diurnas son halógenas, los motivos aquí expuestos y la infografía deberían ser suficientes para que valores llevar siempre las luces de cruce encendidas.

Una buena regla: si necesitas usar el parasol, necesitas llevar tus luces de cruce encendidas.

No te multarán por llevarlas encendidas, pero pueden multarte por no encenderlas

Ningún agente de la autoridad te podrá multar por llevar las luces encendidas. Ni siquiera en una localidad del sur a las 12 del mediodía. Su uso es perfectamente legal. Sin embargo, sí pueden multarte por no llevar la iluminación de cruce encendida. El Código de Circulación es meridiano en sus supuestos de uso obligatorio, recogiéndolos en el Artículo 101:

Luces Largas Ford S Max

Artículo 101. Alumbrado de corto alcance o de cruce.

1. Todo vehículo de motor y ciclomotor que circule entre el ocaso y la salida del sol por vías urbanas o interurbanas suficientemente iluminadas, o a cualquier hora del día por túneles, pasos inferiores y tramos de vías afectados por la señal «Túnel» (S-5) suficientemente iluminados, llevará encendido, además del alumbrado de posición, el alumbrado de corto alcance o de cruce.

Igualmente, llevará encendido dicho alumbrado en los poblados, cuando la vía esté insuficientemente iluminada.

2. Todo vehículo de motor y ciclomotor debe llevar encendido el alumbrado de corto alcance o de cruce al circular entre el ocaso y la salida del sol por vías interurbanas insuficientemente iluminadas o a cualquier hora del día por túneles, pasos inferiores y demás tramos afectados por la señal de «Túnel» insuficientemente iluminados, cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

a) No disponer de alumbrado de largo alcance.

b) Circular a velocidad no superior a 40 kilómetros por hora y no estar utilizando el alumbrado de largo alcance.

c) Posibilidad de producir deslumbramiento a otros usuarios de la vía pública.

3. Los supuestos de circulación en los que se produzca deslumbramiento al resto de los usuarios de la vía y de circulación sin alumbrado en situación de falta o disminución de visibilidad tendrán la consideración de infracciones graves, conforme se prevé en el artículo 65.4.e) del texto articulado.

Si llevamos la iluminación de corto alcance apagada en condiciones de mala iluminación, podemos ser multados con 200 euros. Esta multa no conlleva pérdida de puntos, y es casi irrelevante en comparación con el mal que podemos hacer circulando sin luces.

Cargando...