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Las DGT revela cómo multó a 1.251 conductores por comer o leer conduciendo (vídeo)

La Dirección General de Tráfico hace balance. 66 multas por comer conduciendo, todas ellas registradas en tan solo una semana. 85 por distraerse con otros ocupantes del vehículo. 98 por buscar objetos. 207 por leer conduciendo. Estas son algunas de las 1.251 multas que fueron incoadas en los 7 días que duró la última campaña de vigilancia de las distracciones llevada a cabo por la DGT del 7 al 13 de septiembre.

Pero eso no es todo. 337 conductores fueron multados por utilizar cascos o auriculares conectados a aparatos reproductores de sonido – lo cual también está prohibido en bicicletas y patinetes eléctricos. Otra de las multas registradas en esta campaña, y una de las infracciones más frecuentes, fue la que llevó a 581 conductores a ser sancionados por abrocharse el cinturón mientras conducían, al percatarse de la presencia de los agentes.

1 de cada 3 de los conductores sancionados – 2.300 de las 6.854 denuncias – fueron multados con una sanción que conllevará la retirada de 6 puntos del carné por conducir sujetando con la mano el teléfono móvil o, incluso, manipulando un smartwatch. Siendo esta última la multa más habitual de la campaña.

La distracción más habitual, y la multa que copó 1 de cada 3 sanciones incoadas en la campaña de la DGT, sigue siendo el uso del teléfono móvil

Las distracciones tienen multa

La propia Dirección General de Tráfico ha mostrado un vídeo en el que se aprecia la claridad con la que las cámaras de Pegasus y de los drones de la DGT son capaces de captar estas distracciones que, si bien es cierto, y en algunos casos, no están definidas específicamente en la normativa de Tráfico, sí que constituyen un incumplimiento de lo establecido en el Artículo 13 de la Ley sobre Tráfico:

Artículo 13.2. El conductor de un vehículo está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía. A estos efectos, deberá cuidar especialmente de mantener la posición adecuada y que la mantengan el resto de los pasajeros, y la adecuada colocación de los objetos o animales transportados para que no haya interferencias entre el conductor y cualquiera de ellos

El incumplimiento de esta norma, cuando se refiere a comer, leer, o distraerse con otros ocupantes del vehículo, conlleva generalmente multas de 100€, sin detracción de puntos. Salvo en los siguientes casos:

  • Utilizar auriculares conduciendo está sancionado con 200€ de multa y la retirada de 3 puntos del carné, también si somos ciclistas o circulamos en patinetes eléctricos (VMP).
  • Conducir, ya no solo utilizando el teléfono móvil, sino meramente «sujetando con la mano» el teléfono móvil, está sancionado con 200€ de multa y supone la retirada de 6 puntos del carné.
  • Ser cazado por una patrulla de Tráfico, abrochándote el cinturón, puede ser sancionado con 100€ por incumplir el artículo 13 de la Ley sobre Tráfico, pero también está sancionado con 200€ de multa y la retirada de 4 puntos del carné.

Pero, más allá de las multas, lo que más nos debería preocupar de estas acciones que implican una distracción es el riesgo de sufrir un accidente. La DGT anunciaba que, hasta el 25 de septiembre, y según datos provisionales a 24 horas, este año ya se han producido 841 fallecidos en accidentes de tráfico. Únicamente este verano fallecieron 225 personas en siniestros viales, un 22% de los fallecidos en turismo o furgoneta no utilizaba cinturón de seguridad.

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