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Las multas relacionadas con la mascarilla, en entredicho: la DGT admite que no puede multarte

Las mascarillas ya forman parte de nuestro día a día, se han convertido en un elemento más de nuestra rutina, como lo son las llaves de casa, las gafas de sol o el teléfono móvil. Su uso sigue siendo obligatorio también en nuestros coches, pero la DGT admite que las infracciones relacionadas con las mascarillas no son de su competencia: ¿quién puede entonces multar por culpa de las mascarillas en el coche?

El uso de la mascarilla lleva regulado aproximadamente un año, siendo obligatorio en casi todas las situaciones. Son muy pocos los momentos en los que no es obligatorio el uso de la mascarilla, y el coche no es uno de ellos a no ser que viajemos solos, o lo hagamos con personas que residen en nuestro mismo domicilio.

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A raíz del uso de las mascarillas han surgido «nuevas infracciones» que los conductores y acompañantes pueden cometer en un vehículo, infracciones como el mal uso de las mismas o su mal almacenamiento y colocación dentro del habitáculo. Se trata de infracciones y faltas por las que podemos recibir una multa, aunque la DGT acaba de lanzar una aclaración: no es su competencia y, por tanto, Tráfico no puede multarnos por ello.

La DGT no puede multar por el mal uso de la mascarilla

Así de tajante, pero así de verdad: en el comunicado lanzado por la DGT se especifica que el uso de la mascarilla es una medida sanitaria y de salud pública, por lo que la DGT no tiene competencia alguna en la regulación de la misma. De la misma manera, la DGT puntualiza que, al menos en la actualidad, no existe ningún artículo en la Ley de Tráfico y Seguridad Vial que haga referencia a su uso, por lo que no es sancionable…por los agentes de tráfico. 

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¿Qué pasa entonces con las sanciones impuestas hasta ahora? ¿Nadie puede multarnos por cualquier tema relacionado con la mascarilla en el coche? No, la realidad no es esa. Al ser una medida de salud pública establecida y regulada en el decreto ley de Nueva Normalidad, cualquier agente de la autoridad (Policía Nacional, Policía Municipal, Policía Local, etc) puede sancionarnos por su incumplimiento.

Sin pérdida de puntos, pero sí con multas económicas

La DGT es clara al respecto: no se pueden retraer puntos del carnet de conducir a consecuencia de una infracción relacionada con el uso de las mascarillas, por la sencilla razón de que no existe ninguna infracción recogida en el Reglamento de Circulación que haga referencia al mencionado uso de las mascarillas al volante o en el interior de un vehículo.

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Sí es posible, por ejemplo, recibir una sanción por llevar la mascarilla colgada del retrovisor de nuestro coche, tal y como se especifica en la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, pero por la simple razón de que se trata de una infracción relacionada con la correcta visibilidad a la hora de circular, de manera que si en lugar de una mascarilla llevásemos colgando cualquier otro elemento que impidiera una correcta visión del conductor también recibiríamos la misma multa.

 

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