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Los cursos de la DGT para recuperar puntos, en peligro: el Tribunal de la Unión Europea considera ilegal su reparto

Dos son las fórmulas que un conductor tiene para recuperar los puntos perdidos en su carnet de conducir. La primera de ellas consiste en no cometer ninguna infracción durante dos años y la segunda pasa por llevar a cabo un curso de sensibilización y reeducación vial. Sobre esta fórmula se ha pronunciado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que considera ilegal el sistema empleado por la DGT para repartir las adjudicaciones para impartir estos cursos. La Dirección General de Tráfico estudiará el fallo del TJUE cuando lo reciba.

Antes de analizar qué ha dicho la justicia europea sobre los cursos de la DGT, es necesario conocer cómo funciona ese reparto. España (a excepción de Cataluña y País Vasco) está dividida en cinco zonas. Fue en 2014 cuando la Dirección General de Tráfico anunció una licitación para adjudicar, mediante concesión de servicio público, la gestión de los cursos con los que los conductores pueden recuperar puntos.

Dio forma a cinco lotes (uno por zona) y el adjudicatario seleccionado para cada uno de ellos se convertía, así, en el único que podía impartir los citados cursos en la zona correspondiente. El control de este sistema de recuperación de puntos era suyo en exclusiva.

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La sentencia de 2018

Con este punto de partida, la Asociación para la Defensa de los Intereses Comunes de las Autoescuelas (AUDICA) considera que el sistema elegido por la DGT para el reparto va en contra de las normas comunes de libre prestación de servicios. Decide, por lo tanto, llevar la cuestión ante la justicia española y a ella se une el Ministerio Fiscal como parte.

En una sentencia de noviembre de 2018, la Audiencia Nacional estima el recurso anulando la decisión de la licitación. Esa resolución es elevada al Tribunal Supremo por la Administración General del Estado y la Confederación Nacional de Autoescuelas (CNAE). El veredicto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que conocemos ahora, es una respuesta a la cuestión prejudicial remitida por el Tribunal Supremo de España y se traduce en que la DGT tendría que cambiar el modelo de los cursos de recuperación de puntos.

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Los argumentos del Tribunal de Justicia de la UE

¿Qué es lo que dice el Tribunal de Justicia de la Unión Europea? Considera que el sistema elegido por la DGT para adjudicar los cursos con los que se recuperan los puntos está en contra de la libertad de establecimiento (protegida por las normas europeas) porque limitarlos a un solo concesionario por zona geográfica es una condición desproporcionada.

Señala, además, una limitación importante a esa libertad porque implanta una división de España en cinco zonas y cada una de ellas, solamente un único adjudicatario puede prestar el servicio. Y recuerda que estas limitaciones a la libertad de establecimiento únicamente se autorizan en la Unión Europea si no son discriminatorias y si, al mismo tiempo, son necesarias y proporcionadas.

Añade que la fórmula no cumple la legislación comunitaria de libre prestación de servicios porque va más allá de lo necesario para lograr el objetivo de interés general marcado: mejorar la seguridad vial. Y es que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea cree que existen medidas menos restrictivas para alcanzar el objetivo y recuerda que un régimen de autorización administrativa (como el que tienen las autoescuelas) es una fórmula válida.

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