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Sí, la DGT te multará por no pasar la ITV a tu coche aparcado en la calle

Sabemos que circular con un automóvil sin la ITV en vigor tiene multa y, si la ITV es negativa, o el coche presenta deficiencias graves, podría ser incluso inmovilizado. Pero también sabemos que un coche sin la ITV en vigor puede ser multado incluso cuando permanece aparcado en la calle.

En los últimos meses hemos hablado largo y tendido a este respecto, a por qué la DGT está sancionando coches aparcados en la calle que no han pasado la ITV, por diferentes razones. Primero, porque la irrupción de la pandemia, y las medidas que se han tomado para frenar la expansión del virus, ha tenido como consecuencia que nuestros coches pasen más tiempo que nunca parados. Segundo, porque el número de vehículos en circulación o, mejor dicho, que no figuran como baja temporal o definitiva, y que no han cumplido con su obligación de acudir a la Inspección Técnica de Vehículos, ha aumentado significativamente en el último año. Tercero, porque el cierre de la actividad no esencial, y los centros de ITV, así como las prórrogas del año pasado, hicieron que la visita periódica a la ITV de muchos vehículos se retrasara, en algunos casos por encima de los plazos establecidos en las propias prórrogas.

Cuarto, porque en estos momentos sostengo en mi mano un boletín de sanción de un coche que ha sido multado por no pasar la ITV, cuando estaba aparcado en la vía pública. Y no son pocos los lectores que en las últimas semanas nos han advertido de casos similares.

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La DGT sí sanciona a coches aparcados sin ITV

Un vehículo «puesto en circulación» ha de cumplir con la obligación de la Inspección Técnica de Vehículos en los plazos establecidos. Y el concepto de vehículo puesto en circulación no se limita a que el vehículo esté circulando en el momento de ser sancionado. Un vehículo estacionado en la vía pública es un vehículo puesto en circulación, salvo que haya sido dado de baja temporal o definitiva.

Así reza el artículo 10.1 sobre inspecciones técnicas de vehículos del Reglamento General de Vehículos.

Los vehículos matriculados o puestos en circulación deberán someterse a inspección técnica en una de las Estaciones de Inspección Técnica de Vehículos al efecto autorizadas por el órgano competente en materia de Industria en los casos y con la periodicidad, requisitos y excepciones que se establecen en la reglamentación que se recoge en el anexo I

Dado que el incumplimiento de este precepto es sancionable, solo queda determinar cómo está actuando la DGT para sancionar a vehículos aparcados sin ITV y qué justificaciones pueden existir para que un automóvil no cumpla con la obligación de la ITV sin estar dado de baja temporal o definitiva.

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¿Cómo se está multando a coches sin ITV?

La DGT ha dispuesto de toda una serie de mecanismos para multar a coches que circulan sin ITV. La obligatoriedad de la ITV se vigila en controles específicos aleatorios en carretera, si una patrulla de Tráfico nos ordena detenernos por otra razón y lo comprueba rutinariamente, y desde sistemas automatizados. Cualquier sistema en carretera que disponga de cámaras, lector de matrículas y acceso a la base de datos informatizada de ITV, es capaz de sancionar a un coche que circula sin ITV. Y esos sistemas incluyen los radares fijos y móviles, y otras cámaras dispuestas en las carreteras españolas, como las que controlan el uso del cinturón de seguridad y el uso del móvil.

Aunque la DGT conoce qué vehículos no han cumplido con su obligación de la ITV, estén circulando, o no, la DGT no se está sancionando de oficio a aquellos coches que no acuden a tiempo a la ITV. No hay que confundir ese caso, que no se está produciendo, con el hecho de que la DGT pueda avisarnos de la situación de nuestro coche, o incluso dar de baja de oficio a un coche que lleve más de diez años sin ITV y sin seguro obligatorio.

La DGT no sancionará, por ejemplo, a un coche que está aparcado en un garaje privado. Pero la DGT sí está sancionando a coches aparcados sin ITV. Según la propia DGT no hay una orden expresa para llevar a cabo esta práctica. Por lo tanto, entendemos que es un hecho que se está produciendo por orden de las Jefaturas de Tráfico o por iniciativa de la Policía Local de los municipios que, en última instancia, es la que ostenta la autoridad en materia de tráfico en los espacios en los que se va a encontrar aparcado un vehículo.

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Evita que te sancionen por no acudir a la ITV

El primer consejo que deberíamos seguir para evitar sanciones es de perogrullo, acude a la ITV a tiempo para evitar multas. Nuestro consejo es ser precavidos, anticiparse, y no esperar a que venza la fecha de nuestra última ITV y esta deje de estar en vigor. Recuerda que si acudes en los 30 días anteriores a que venza la ITV la fecha de renovación se calculará con respecto a la fecha de vencimiento. Por lo tanto, es una buena idea acudir a la ITV en el mes anterior a la fecha de vencimiento. También es recomendable hablar con nuestro taller de confianza, porque en muchos casos ofrecen servicios para acudir a la ITV por nosotros, que son gratuitos, o con un coste muy bajo, y además de ahorrarnos tener que solicitar una cita en el centro de ITV más cercano, podrán revisar nuestro coche para asegurarse de que está en condiciones de seguridad y de obtener una ITV favorable.

Como os decíamos, un coche sin ITV en un garaje no va a ser sancionado. Si está aparcado en la vía pública puede ser sancionado, aunque no sea lo habitual. Pero también es importante saber que la DGT ha establecido un mecanismo para llevar a cabo bajas de oficio, y que aquellos coches que hayan permanecido durante más de diez años sin seguro obligatorio, y sin ITV, pueden ser dados de baja automáticamente.

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