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El selfie al volante que denuncia la DGT y que puede costar hasta 800€ de multa

La Dirección General de Tráfico no ceja en su empeño de recordarnos lo peligrosas que son las distracciones al volante y también, cuando la concienciación no es suficiente, de cómo sus medios de vigilancia pueden captar nuestras temeridades y costarnos una cuantiosa multa.

El último vídeo que nos ha presentado la DGT nos muestra un conjunto de infracciones, que van desde el exceso de velocidad, hasta el uso del teléfono móvil conduciendo, que incluso podrían ser consideradas conducción temeraria y elevar la multa a 800€, con retirada de hasta 9 puntos del carné.

Dron Pegasus Dgt

El vídeo que acaba de compartir la DGT en sus redes sociales nos muestra las imágenes tomadas por un helicóptero Pegasus en agosto de 2017. Su antigüedad, en cualquier caso, no resta actualidad a una problemática real, la de los conductores que siguen distrayéndose utilizando el teléfono móvil, incluso para hacerse selfis y grabarse con los amigos.

En la escena confluyen varias infracciones, un exceso de velocidad, junto con el uso del teléfono móvil y un conjunto de distracciones que, sin duda, podrían elevar la sanción al infractor al concepto de conducción temeraria.

Ya hemos visto en el pasado cómo las cámaras de los helicópteros Pegasus, e incluso los drones recientemente introducidos por Tráfico, son capaces de captar con nitidez y precisión imágenes que nos muestran las distracciones de los conductores, a decenas, o incluso cientos de metros de distancia y altitud. En este caso la claridad de las imágenes es incluso mayor, por tratarse de un descapotable.

Si recapitulamos las sanciones que se aprecian en este vídeo, podemos hacernos una idea de la multa que tuvo que afrontar el conductor que fue «cazado» por los helicópteros Pegasus:

  • Exceso de velocidad que, en el caso de producirse en una autovía o autopista, limitada a 120 km/h, supondría una multa de 100€ sin detracción de puntos del carné, una infracción con la consideración de grave.
  • Utilizar el teléfono móvil conduciendo está sancionado con 200€ de multa y la detracción de 3 puntos del carné que, recordemos, con la reforma de la Ley sobre Tráfico se elevará a 6 puntos del carné con su entrada en vigor en marzo.
  • El conjunto de temeridades que se aprecian el vídeo podría ser compatible con incumplir otros preceptos de la Ley sobre Tráfico, como la «obligatoriedad de mantener su propia libertad de movimientos» y «la atención permanente a la conducción» (artículo 13.2) que, en cualquier caso, ya se presuponen de la infracción por utilizar el teléfono móvil conduciendo. Pero sí es cierto que esta infracción podría ser calificada de conducción temeraria, una infracción muy grave, que conlleva detracción de 6 puntos del carné y una multa de 500€.

El conjunto de infracciones que se aprecian en este vídeo podrían haber supuesto, nada más y nada menos, que 800€ de multa para el conductor y la retirada de 9 puntos del carné.

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