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Aún no tan rápido, los 6 puntos por usar el móvil de la DGT aún no se han aprobado, pero se aprobarán

Debemos asumirlo. La sanción por utilizar el teléfono móvil supondrá la detracción de 6 puntos con la última reforma prevista por la Dirección General de Tráfico que, como ya hemos visto, afectará al permiso y la licencia de conducción por puntos. Ahora bien, ¿cuándo entrará en vigor? La DGT cumplía ayer con uno de los objetivos que se había marcado hace tiempo, aumentar de 3 a 6 puntos la detracción aplicada por usar el teléfono móvil conduciendo. Pero su aprobación y, aún menos, su entrada en vigor, es inmediata. ¿Cuándo comenzará a aplicarse esta revisión del carné por puntos?

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La DGT retirará 6 puntos por usar el teléfono móvil

Tal y como os contábamos ayer el Consejo de Ministros ha llevado adelante la medida que llevaba planteando desde hace tiempo la DGT, conducir sujetando con la mano dispositivos de teléfono móvil conllevará la retirada de 6 puntos del carné. Hasta ahora conllevaba tan solo la detracción de 6 puntos. En cualquier caso, la medida aún no ha sido aprobada.

La reforma que revisará el carné por puntos, y la sanción por usar el móvil conduciendo, aún ha de aprobarse y no se ha fijado fecha para su aprobación

El Consejo de Ministros aprobaba un anteproyecto de ley de reforma del Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial que, en su segundo anexo, establece las infracciones que llevan aparejada la pérdida de puntos. Con lo cual, antes de aprobarse esta reforma, informada por el Consejo Superior de Tráfico, tendrá que aprobarse en el Congreso.

Dicho lo cual, aún no puede confirmarse cuándo entrará en vigor esta medida. Pero todo apunta a que, salvo sorpresa, saldrá adelante. Y es que hablamos con una reforma que, en principio, debería contar con cierto consenso entre las fuerzas parlamentarias.

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¿Y el resto de reformas de la DGT?

– Como hemos visto, aún no sabemos cuándo entrará en vigor la reforma del carné por puntos. Pero sí es previsible que la ley de reforma salga adelante y que entre en vigor en los próximos meses. Tampoco entrarán en vigor otras modificaciones del carné por puntos, como la aplicable a llevar mecanismos de detección de radares, la recuperación de puntos con cursos de conducción y la supresión de la posibilidad de rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en carreteras convencionales para adelantar.
El 2 de enero de 2021 entrarán en vigor los nuevos límites de velocidad en ciudad (Real Decreto 970/2020), aunque como os venimos contando estos días, la mayoría de los ayuntamientos ya están aplicando estos límites de velocidad en sus calles. También entrará en vigor ese día la regulación para los vehículos de movilidad personal y, por lo tanto, los patinetes eléctricos (excepto la referente a su certificado para circular, que no se aplicará hasta 24 meses después de la publicación del manual de características en el BOE). Los plazos que se han dado son necesarios, para dar a conocer las medidas a los ciudadanos y para adaptar la señalización.
– Desde mañana, 12 de noviembre de 2020, se aplicará la reforma de los permisos de conducción (Real Decreto 971/2020) que, entre otras cosas, reduce la edad mínima para obtener los permisos de las clases C, C+E, D y D+E.

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