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La DGT vuelve a examinarnos: ¿se puede aparcar el coche junto a la carretera?

Tras la urgencia provocada por el temporal Filomena, el community manager de la Dirección General de Tráfico ha retomado la conocida estrategia de recordarnos las normas de circulación mediante preguntas tipo test similares a las que nos podemos encontrar en el examen teórico de cualquier carnet de conducir, y que desde Diariomotor hemos aplaudido en más de una ocasión. Así pues, esta vez nos muestra un coche aparcado en las inmediaciones de una carretera convencional, fuera de la calzada, y nos presunta si es correcto dicho estacionamiento.

¿Se puede estacionar a la derecha, fuera de la vía?

Así pues, en este tuit en el que se puede ver un vehículo estacionado a la derecha, justo fuera de la calzada, en una carretera convencional de doble sentido, se nos pregunta si dicho comportamiento es correcto adjuntando tres posibles respuestas:

«Esta carretera no tiene arcén; ¿puede estacionar a la derecha, fuera de la vía?:

A. Sí, porque estoy fuera de la calzada.
B. No, porque es una vía interurbana.
C. Solo si hay una señal que permita expresamente el estacionamiento.»

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Efectivamente, la respuesta correcta es la A, «sí, porque estoy fuera de la calzada», tal y como indica el apartado primero del artículo 90 del Reglamento General de Circulación. En él se especifica que «la parada o el estacionamiento de un vehículo en vías interurbanas deberá efectuarse siempre fuera de la calzada, en el lado derecho de ésta y dejando libre la parte transitable del arcén». Sin embargo, por razones de emergencia o causa de fuerza mayor sí que podrá hacerse sobre la calzada, preferiblemente en el arcén, y siempre de forma que se cause el menor obstáculo para la circulación. En esas condiciones es necesario señalizar correctamente el vehículo, mediante las luces de emergencia y los triángulos, encendiendo las luces de posición si sucede de noche.

En vías urbanas sí está permitido aparcar sobre la calzada

Sin embargo, en vías urbanas sí que está permitido parar y estacionar sobre la calzada y en el arcén, respetando siempre las ordenanzas municipales, que son quienes tienen la última palabra en este aspecto. Así pues, el estacionamiento se hará siempre lo más cerca posible del borde derecho (y también el izquierdo si se trata de una vía de un único sentido). Además, es preciso recordar que en una travesía insuficientemente iluminada es obligatorio usar las luces de posición o estacionamiento.

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Finalmente, recordar que la multa por mal aparcamiento oscila entre 80 y 200 euros, dependiendo de la gravedad. Así pues, son los casos en los que existe un perjuicio considerable para los demás usuarios de la vía pública cuando se impone esa sanción máxima, como por ejemplo aparcar en una plaza reservada para minusválidos, en un vado, en doble fila, parada de bus o taxi o en un carril reservado.

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