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Activada prórroga de 60 días para los carnés de conducir caducados en estado de alarma

Una duda recurrente entre los conductores españoles actualmente es qué hacer si tenemos el carnet de conducir caducado durante este estado de alarma. Aunque ya sabíamos que el Gobierno había impuesto un criterio único para los plazos administrativos, finalmente el Ministerio de Interior ha dictado una orden para activar una prórroga para los permisos y licencias de conducción caducadas durante el estado de alarma. De esta forma, los afectado por esta situación cuentan ahora con margen para seguir circulando, si es que pueden justificar sus desplazamientos.

La prórroga aprobada por Interior afecta a todos los permisos y licencias de conducción

Desde que fue activado el estado de alarma por el COVID-19, sois muchos los conductores los que nos hacéis llegar vuestras dudas en relación a los problemas que esta situación supone a la hora de hacer uso de nuestros vehículos. Así, una de las grandes dudas estaba en aquellos que este periodo de restricciones les ha afectado a nivel administrativo y circulatorio, impidéndoles pasar la ITV, acudir al taller mecánico o renovar el carnet de conducir.

Carnet Por Puntos 02

Prórroga a los permisos para conducir caducados

Pues bien, tras confirmase hace apenas dos días que la renovación del carnet de conducir se veía sujeta a la suspensión de los plazos administrativos, hoy tenemos aún mejores noticias, y es que el Ministerio de Interior acaba de publicar hoy mismo la activación de una prórroga con 60 días naturales de vigencias para los carnet caducados durante el estado de alarma.

Según la orden publicada en el BOE el Sábado 21 de Marzo de 2020:

«los permisos y licencias de conducción, así como otras autorizaciones administrativas para conducir, cuyo periodo de vigencia venza durante el estado de alarma, quedarán automáticamente prorrogados mientras dure el mismo y hasta sesenta días naturales después de su finalización»

¿Quiénes podrán acogerse a esta prórroga?

Con esta orden se da un respiro importante para todos aquellos que temían circular con su vehículo con la licencia para conducir caducada, una situación que en caso de ser detactada por un control rutinario, tendría una sanción económica de 200 euros. Sin embargo hay un matiz importante que debemos tener muy en cuenta, y es que esta prórroga sólo afectará a aquellos permisos que hayan caducado durante el estado de alarma, por lo que si nuestro permiso para conducir caducó de forma previa a la activación del estado de alarma (14 de Marzo de 2020), no podremos acogernos a esta prórroga de 60 días naturales.

Consultar Puntos Carnet Guardia Civil

Por otro lado debemos tener en cuenta que la activación de esta prórroga tampoco nos permite circular libremente por el territorio español. Durante el estado de alarma, y mientras se mantengan sus condiciones para circular, tendremos que seguir acatando los requisitos que impone este escenario para poder hacer uso de nuestro vehículo. Es decir, solo podremos usar nuestro vehículo para situaciones muy concretas como acudir al hospital, al supermercado, puesto de trabajo o gasolinera, teniendo además que justificar nuestros trayectos en caso de ser intervenidos por uno de los miles de controles que se están realizando en España durante estos días.

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Información para la ciudadanía del Ministerio de Sanidad
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Fuente: Ministerio de Interior

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