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¿Puedo coger el coche para ir a hacer ejercicio durante el estado de alarma?

Mañana sábado 2 de mayo se producirá un nuevo paso adelante en el proceso de desescalado iniciado por el Gobierno para ir reduciendo las restricciones impuestas por el estado de alarma, decretado hace ahora mes y medio, para evitar la propagación del nuevo coronavirus que nos ha llevado a una crisis sanitaria sin precedentes. Desde este sábado 2 de mayo se permitirá «realizar actividad física no profesional al aire libre», eso sí, en unas condiciones muy concretas, respetando un horario establecido y otras condiciones como la que ahora nos ocupa. ¿Puedo coger el coche para ir a hacer ejercicio? No. Y ahora os contaremos por qué.

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Las condiciones para realizar actividad física

Según la orden del 30 de abril, publicada el 1 de mayo en el Boletín Oficial del Estado y, por lo tanto, con entrada en vigor desde el 2 de mayo, se establecen unas «condiciones en las que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19». Las condiciones son las siguientes:

– La práctica de deporte individual y los paseos solo podrán llevarse a cabo entre las 6:00 y las 10:00 horas y entre las 20:00 horas y las 23:00 horas, salvo en municipios con una población igual o inferior a 5.000 habitantes, que no tendrán estas restricciones horarias
– La práctica deportiva no está restringida a una distancia del domicilio, pero sí deberá practicarse dentro del municipio donde se reside. Para pasear sí que existirá una limitación, una «distancia no superior a un kilómetro»
– No se ha establecido un límite de tiempo para la práctica deportiva, pero sí que la actividad solo podrá llevarse a cabo una vez al día
– Evidentemente, no podrán hacer uso de estas habilitaciones aquellos que presenten síntomas o estén en aislamiento por haber sido diagnosticados con COVID-19

Coche Ejercicio Estado Alarma 2

¿Puedo coger el coche para ir a hacer ejercicio?

Como os adelantábamos al principio de este artículo, rotundamente no, no se puede coger el coche para ir a hacer ejercicio. Esta es una de las preguntas que más se han hecho muchos conductores estos días, sobre todo desde aficionados a practicar el ciclismo. Conductores que querían saber si podían desplazarse en coche hasta lugares adecuados para la práctica deportiva. No obstante, en esta fase 0 en la que nos encontramos este tipo de desplazamientos no está autorizado y la gran cantidad de controles de carretera que se están llevando a cabo estos días hace que la posibilidad de ser sancionados sea realmente alta.

Según el artículo 4, apartado 3, de la orden publicada en el BOE, «no se podrá hacer uso de vehículo motorizado o del transporte público para desplazarse a vías o espacios de uso público con el fin de practicar la actividad física prevista en esta orden».

 

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Advertencia sobre la información referente al coronavirus

En Diariomotor aconsejamos seguir únicamente las informaciones y las recomendaciones de las autoridades competentes, la Organización Mundial de la Salud, y el Ministerio de Sanidad, para conocer la situación actual acerca de la crisis del coronavirus (COVID-19). La prioridad actual pasa por seguir las indicaciones de las autoridades, sobre todo en lo referente a las medidas de contención, protección para evitar el contagio y cuidado de los enfermos. En estos momentos eso es lo primordial, por encima de aquellas publicaciones en las que hacemos repaso de la situación del sector, y de información de interés para el conductor y el comprador, siguiendo la actualidad como hasta ahora.

Nuestra empresa también está siguiendo los procedimientos de actuación en entornos laborales indicados por el Ministerio de Sanidad y el Ministerio de Trabajo, que también recomendamos seguir a los ciudadanos y los trabajadores, para evitar el contagio, y contribuir a la contención del virus.

 

Teléfonos de información en la crisis del COVID-19

Andalucía: 955 54 50 60
Aragón: 061
Asturias: 112
Cantabria: 112 y 061
Castilla La Mancha: 900 122 112
Castilla y León: 900 222 000
Cataluña: 061
Ceuta: 900 720 692
C. Madrid: 900 102 112
C. Valenciana: 900 300 555
Extremadura: 112
Galicia: 900 400 116
Islas Baleares: 061
Canarias: 900 11 20 61
La Rioja: 941 29 83 33
Melilla: 112
Murcia: 900 12 12 12
Navarra: 948 29 02 90
País Vasco: 900 20 30 50

 

Más información de interés:

Situación actual de la emergencia causada por el COVID-19
Información para la ciudadanía del Ministerio de Sanidad
Procedimiento de prevención en entornos laborales frente al COVID-19

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